Corte de Santiago rechaza demanda por incumplimiento de contrato de distribución de confites

25-agosto-2022
En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que rechazó, con costas, la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual presentada por la empresa Distribuidora y Comercializadora Diez&Serantoni en contra del grupo Arcor Industria de Alimentos Dos en Uno S.A. y Bagley Chile SA.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó, con costas, la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual presentada por la empresa Distribuidora y Comercializadora Diez&Serantoni en contra del grupo Arcor Industria de Alimentos Dos en Uno S.A. y Bagley Chile SA.

En fallo unánime (causa rol 13.828-2019), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Carolina Brengi, el ministro Tomás Gray y el abogado (i) Michael Camus– confirmó en todas sus partes el fallo que desestimó íntegramente la acción.

“Compartiendo los argumentos del fallo en alzada, se confirma la sentencia apelada de treinta y uno de julio de dos mil diecinueve, escrita a fojas 682 y siguientes, dictada por el Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-29.931-2016”, consigna el fallo.

La resolución de primera instancia ratificada sostuvo que: “(…) al no haberse demostrado la existencia de las obligaciones invocadas, no puede determinarse siquiera la concurrencia de un incumplimiento material dada la ausencia de precisión y certeza respecto al contenido obligación del pacto generador que fue el contrato de distribución exclusiva, motivo por el cual no es posible continuar con el análisis relativo a los restantes elementos de la responsabilidad contractual”. 

“Que, conforme a todo lo anterior, se procederá al rechazo de la demanda en todas sus partes, como se dirá en lo resolutivo”, añade.

“Que, las demás probanzas rendidas y no aludidas particularmente a lo precedente, en nada alteran lo hasta aquí razonado”, concluye.

Por tanto, se resuelve:
i. Que, se rechaza íntegramente la demanda incoada a lo principal de fojas 1.
ii. Que, habiendo sido totalmente vencidos, se condena en costas a los demandantes”.

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