La Corte de Arica rechazó los recursos de apelación presentado por las defensas y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Juan Salvador Martínez Canales, José Miguel Murcia Medina y Orangel Gómez Ochoa, imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de robo con violencia. Ilícito perpetrado el viernes 22 de julio recién pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 389-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Verónica Quiroz Fuenzalida, Héctor Gutiérrez Massardo y Rodrigo Urrutia Molina– ordenó la permanencia de Martínez Canales, Murcia Medina y Gómez Ochoa en el Complejo Penitenciario de Acha por compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, esta Corte estima que se reúnen respecto de los imputados Juan Salvador Martínez Canales, José Miguel Murcia Medina y Orangel Gómez Ochoa, todos los requisitos que consagra el artículo 140 del Código Procesal Penal, y, en relación al estatuido en la letra a) de dicho precepto cabe señalar que la calificación jurídica del ilícito investigado, es una cuestión que escapa de la competencia del recurso en análisis; en cuanto a la letra b) de la citada disposición es del caso señalar que con los antecedentes, hasta ahora, aportados es dable presumir que a los imputados les cupo una participación culpable y penada por la ley y respecto al literal c) de la precitada norma, se tiene en consideración que el injusto en cuestión fue cometido en grupo o pandilla y que este tiene asignada pena de crimen, por lo que SE CONFIRMA la resolución apelada de veintitrés de julio del año en curso, dictada en la causa RIT 3400-2022, RUC N° 2200708936-1, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, declarándose en consecuencia que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre los encartados Martínez Canales, Murcia Medina y Gómez Ochoa, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad”, sostiene el fallo.
Según el ente persecutor, aproximadamente a las 08:00 horas del viernes 22 de julio de 2022, los imputados concurrieron hasta la plaza ubicada en la intersección de las avenidas Diego Portales y Argentina de la ciudad de Arica, frente al terminal internacional de buses, lugar donde se acercaron a las víctimas, G.H.P., C.F.A. y I.F.G., a quienes Murcia Medina golpeó con un bate de béisbol que portaba y le exigió la entrega de dinero, logrando sustraer la suma total de $225.000 (doscientos veinticinco mil pesos). Accionar que eran facilitado y resguardado por los coimputados Martínez Canales y Gómez Ochoa, los que se dedicaron a intimidar a quienes se encontraban en la plaza con palos y piedras y manifestándoles que eran miembros del “Tren de Aragua”.
Uno de los testigos de los hechos llamó a Carabineros, personal que concurrió al lugar y detuvo a los tres imputados.