TOP de Concepción condena a 10 años y un día de presidio a autor de tráfico de drogas y posesión ilegal de armas y municiones

08-julio-2022
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Karina Mihovilovic Gutiérrez (presidenta), Marcela Norris Bustos y Paula Cruces López (redactora)– aplicó, además, a Figueroa Salazar las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó hoy –viernes 8 de julio– a Matías Andrés Figueroa Salazar a la pena única de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de tráfico de drogas, posesión ilegal de arma de fuego convencional, posesión ilegal de arma de fuego prohibida y posesión ilegal de municiones y cartuchos. Ilícitos perpetrados en septiembre del año pasado, en la comuna de Chiguayante.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Karina Mihovilovic Gutiérrez (presidenta), Marcela Norris Bustos y Paula Cruces López (redactora)– aplicó, además, a Figueroa Salazar las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies incautadas.

En la causa, el tribunal condenó a dos adolescentes. A uno le aplicó las sanciones de un año de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social, como autor del delito consumado de posesión ilegal de arma de fuego prohibida, 541 días de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, un año de libertad asistida especial con programa de reinserción social como autor del delito consumado de posesión ilegal de municiones y cartuchos, y 541 días de libertad asistida especial con programa de reinserción social como autor del delito consumado de posesión ilegal de arma de fuego convencional.

Al segundo lo sancionó con un año de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social como autor del delito consumado de posesión ilegal de arma de fuego prohibida, 541 días de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social como autor del delito consumado de tráfico ilícito de droga, un año de libertad asistida especial con programa de reinserción social como autor del delito consumado de posesión ilegal de municiones y cartuchos, y 541 días de libertad asistida especial con programa de reinserción social como autor del delito consumado de posesión ilegal de arma de fuego convencional.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en hora de la tarde del 29 de septiembre de 2021 al interior de un domicilio ubicado del sector Leonera de la comuna de Chiguayante, los condenados se encontraban en posesión de cuatro escopetas de distintos calibres, un cargador metálico calibre 9, 164 cartuchos balísticos de distintos calibres, un número no determinado de cartuchos para ser utilizados en armas de fogueo, además de 340 gramos 900 milígramos de cannabis sativa y 39 gramos de cocaína base.

“No cabe ninguna duda a estas sentenciadoras que los tres acusados eran poseedores en común de todas las especies, pues su actuar conjunto se evidenció desde que son vistos en un primer momento por los funcionarios de Carabineros, pues todos se transportaban en el mismo vehículo, del que descendieron en forma conjunta rápidamente, lo que se desprende naturalmente, del hecho que dejaron las puertas abiertas y todos huyeron hacia el mismo lugar mientras portaban un arma de fuego tipo escopeta en sus manos y un bolso cargado de municiones de distinto calibre y droga, inmueble en el que precisamente se encontraban especies de la misma naturaleza de aquellas que portaban, esto es, en dicho lugar mantenían y poseían otras tres armas de fuego largas tipo escopeta, las que además eran compatibles con las municiones que portaban en el bolso, lo que fue verificado por el perito armero Fuentes Fuentes, pues este dio cuenta de se probó la aptitud para el disparo de todas armas incautadas precisamente con municiones incriminadas”, detalla el fallo.

Noticia con fallo