Corte de Concepción confirma resolución que rechazó la prisión preventiva de imputado por homicidio en Coronel

07-julio-2022
En fallo dividido (causa rol 680-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Vivian Toloza Fernández, Matilde Esquerré Pavón y el ministro Waldemar Kock Salazar– confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, el martes recién pasado, que dejó sin medidas cautelares al imputado, por considerar insuficientes los antecedentes aportados por la fiscalía para sustentar la participación de Vera Varela en el delito.

La Corte de Concepción rechazó hoy –jueves 7 de julio– el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público en contra de la resolución que no dio lugar a la prisión preventiva de Juan Alberto Vera Varela, imputado como autor del delito consumado de homicidio. Ilícito que habría perpetrado en abril pasado, en la comuna de Coronel.

En fallo dividido (causa rol 680-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Vivian Toloza Fernández, Matilde Esquerré Pavón y el ministro Waldemar Kock Salazar– confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, el martes recién pasado, que dejó sin medidas cautelares al imputado, por considerar insuficientes los antecedentes aportados por la fiscalía para sustentar la participación de Vera Varela en el delito.

“Si bien el sistema probatorio penal no exige contar con prueba directa para arribar a la conclusión de condena y, previo a ello, construir hipótesis de participación, esta prueba indirecta debe permitir establecer una secuencia de hechos sin solución de continuidad que permita vincular unos antecedentes con otros. En este caso, el único dato que involucra al imputado Vera Varela en estos hechos, es la declaración del testigo de identidad reservada en cuanto afirma haber visto a un sujeto abrocharse los cordones de su zapato, cuestión que aparece en las imágenes contenidas en una de las grabaciones, sin embargo, ello no permite concluir que sea esta persona –reconocida a través de un set fotográfico por el mismo testigo–, la que tenga participación como autor en el homicidio investigado. A su vez, los testimonios citados por el fiscal, al ser de oídas, requieren ser corroborados por otros elementos de prueba que necesariamente se deber obtener en la fase de investigación”, razona en el fallo el tribunal de alzada.

La resolución agrega que: “No concurriendo el presupuesto material contenido en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no es posible asignar, en este estado de la investigación, alguna participación punible al imputado Juan Alberto Vera Varela”.

Por tanto, se resuelve que: “SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de cinco de julio de dos mil veintidós, por el Juzgado de Garantía de Coronel, que no dio lugar a decretar la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Alberto Vera Varela.

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