TOP de Curicó condena a 14 años de presidio a autor de homicidio consumado y homicidio frustrado

20-junio-2022
En fallo unánime (causa rol 202-2021), el tribunal –integrado por las magistradas Macarena Yáñez Cerda (presidenta), Jimena Orellana Fuenzalida y Amelia Avendaño González (redactora)– aplicó, además, a Lagos Jara las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó condenó a Nicolás Matías Lagos Jara a la pena única de 14 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de homicidio simple consumado y homicidio simple frustrado. Ilícitos perpetrados en octubre de 2020, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 202-2021), el tribunal –integrado por las magistradas Macarena Yáñez Cerda (presidenta), Jimena Orellana Fuenzalida y Amelia Avendaño González (redactora)– aplicó, además, a Lagos Jara las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 23:30 horas del 21 de octubre de 2020, “Nicolás Matías Lagos Jara, se encontraba en la Alameda Manso de Velasco de Curicó, en las inmediaciones de la Avenida del mismo nombre con calle Montt, cercano al sitio conocido como el óvalo, lugar en el que estaban varias personas compartiendo, entre ellas, Carlos Alejandro Rojas Medina y Nicolás Patricio Venegas Quijada, instantes en que se produce un altercado de palabras entre Alan López Morales y el primero de los nombrados, dirigiéndose Lagos Jara, quien acompañaba a Alan López, con un arma blanca que portaba hacia Carlos Rojas Medina, lo que motivó que Nicolás Venegas Quijada, se interpusiera entre ellos para evitar que pelearan, momentos en que Lagos Jara, le da una puñalada a Nicolás Venegas a la altura del tórax, lado izquierdo de las costillas, cayendo este al suelo gravemente herido”.

Posteriormente, “Lagos Jara, se dirige en contra Carlos Rojas Medina, a quien apuñala en más de una oportunidad en la parte superior de su espalda y en su cuello, con el arma blanca que portaba, cayendo Rojas Medina en el lugar”, añade. 

A consecuencia de las agresiones, “Carlos Alejandro Rojas Medina resultó fallecido, siendo la causa de muerte shock hipovolémico debido a las heridas corto penetrantes por arma blanca que le producen, trauma cervical severo penetrante por sección parcial de arteria carótida común derecha, sección total de venas yugulares bilaterales, herida transfixiante a los músculos del cuello anterior y posterior lado izquierdo, entre otras lesiones. Por su parte, Nicolás Venegas Quijada resultó con una herida en la zona del tórax anterior, línea media clavicular izquierda, lesiones, que pudieron haber causado su muerte de no haber mediado socorros médicos oportunos y eficaces, con un tiempo de recuperación mayor a 31 días”, concluye.

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