La Corte de Apelaciones de Arica revocó la resolución dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad y ordenó la expulsión del país de Luciano Pereaza Ramos, condenado a la pena efectiva de 3 años y un día de presidio como autor del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en septiembre del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 247-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Zavala Fernández, Claudia Arenas González y el abogado (i) Mario Palma Sotomayor– reemplazó el cumplimiento de la pena de reclusión por la expulsión del territorio nacional, por cumplirse en la especie los requisito legales.
“(…) ante el cumplimiento por parte del sentenciado Luciano Pereaza Ramos de los requisitos que consigna el artículo 34 de la ley ya citada, entre ellos el informe de conformidad en cuanto a su expulsión emitido por el Ministerio del Interior, procedía aplicar el instituto a que se refiere la letra e) del artículo primero del compendio legal ya citado”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que no es óbice a lo razonado en el motivo anterior, que la actual legislación, en el artículo 175 N° 16 letra a) de la Ley N° 21.325, inhiba la aplicación de la pena de expulsión que consigna el artículo 34, a los condenados por la Ley N° 20.000 toda vez que al momento de perpetración del hecho punible objeto del juicio se encontraba vigente el texto original de dicho articulado que no contemplaba la exclusión indicada. Pensar lo contrario implicaría una vulneración a lo que perentoriamente establece el inciso séptimo del artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, como asimismo el artículo 18 del Código Penal”.
Por tanto, se resuelve que: “Que SE REVOCA en lo apelado la sentencia de tres de mayo de dos mil veintidós, dictada en la causa Rit N° 74-2022, ruc 2100858286-3 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad y en su lugar se declara que se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta al condenado Luciano Pereaza Ramos por la pena de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL, según lo informado por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en relación a su situación irregular en el país, quien no podrá regresar a territorio nacional dentro del término de diez años en los términos y bajo el apercibimiento señalado en los últimos dos incisos del artículo 34 de la Ley N°18.216”.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 22:20 horas del 22 de septiembre de 2021, funcionarios de Carabineros que efectuaban un patrullaje preventivo por las inmediaciones del Hito N°6 de la frontera con Perú, sorprendieron a Pereaza Ramos, quien había ingresado al país por un paso no habilitado, desplazándose en dirección al sur y, al advertir la presencia policial, intentó darse a la fuga, por lo que fue interceptado y fiscalizado por los carabineros. Al registro de la mochila portaba, los efectivos encontraron cuatro paquetes envueltos en nailon transparente contenedores de cannabis sativa, con un peso neto de 8.091 gramos y un grado de pureza del 100%, por la que procedieron a su detención.