Corte de Arica rechaza recurso de nulidad y confirma pena de 7 años de presidio por parricidio frustrado

24-mayo-2022
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada desestimó los vicios alegados por la defensa en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Arica, el 24 de marzo pasado.

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a Emilio José Pincheira Vega a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de parricidio. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la ciudad.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcelo Urzúa Pacheco, María Verónica Quiroz Fuenzalida y el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas– desestimó los vicios alegados por la defensa en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Arica, el 24 de marzo pasado.

“Que, la recurrente basa su causal principal de nulidad en cuanto a que no existiría un animus necandi, esto es, un dolo de causar la muerte a su madre, fundado en que si bien fueron varias las heridas corto punzantes, de la forma en que fueron realizadas, de un lado a otro y sin la profundidad necesaria para provocar letalidad, además de haberse usado un elemento no suficientemente idóneo para causar la muerte, concluye la falta de dolo de matar y el hecho revestiría la calificación de delito de lesiones de carácter menos graves. De tal manera que los sentenciadores al haber condenado al encartado Pincheira Vega como autor del delito frustrado de parricidio, habrían cometido un error de derecho que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, también se expuso en la sentencia recurrida que ‘Sobre la profundidad de las heridas, no es posible afirmar, razonablemente, que el ataque del acusado estuvo tan fríamente calculado como para que las cuchilladas que propinó a su madre se detuvieran a centímetros o tal vez milímetros de arterias que de ser penetradas, causarían la muerte de su madre; por el contrario, el más mínimo sentido común indica que simplemente el acaso y, posiblemente, la resistencia que haya alcanzado a hacer la madre afectada, no permitieron que las heridas fueran más profundas; afirmar que los diversos cortes se produjeron sin la intención de matar dada la profundidad de las lesiones resulta temerario dado que los músculos del cuello sí fueron expuestos y es inverosímil pensar que el autor de los hechos calculó a tal punto la intensidad de sus estocadas que iba a quedar, a lo más, a escasos centímetros de causar la muerte y atacó con ese nivel de precisión de manera planificada’. Por otro lado se señaló que ‘… generó múltiples heridas en la víctima, tanto en su cara como cuello, las cuales si bien no fueron en un punto exacto como lo indicó la Defensa, según el peritaje del Doctor Patricio Moyano, por las funciones que cumple dicha zona, cualquier herida penetrante ahí es potencialmente mortal y la víctima no tenía una herida en dicho sector sino que 5 lesiones penetrantes en un ataque que calificó como ‘dramáticamente peligroso’”.

El fallo ratificado, dictado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 4 de junio de 2021, “mientras la víctima (…), se encontraba en el domicilio que compartía con su hijo, el acusado Emilio José Pincheira Vega, ubicado en (…), población Cerro la Cruz de Arica, en circunstancias que la víctima se encontraba durmiendo en su habitación, ingresa a dicho lugar el acusado, quien conociendo la relación filial con la víctima, premunido con un arma blanca tipo cuchillo de aproximadamente 12 centímetros de longitud y con la intención de ocasionar la muerte, se abalanzó sobre la víctima, propinándole múltiples cortes, principalmente en la región del cuello y cabeza; agresión ante la cual, la víctima intentó defenderse, tratando de tomar con su manos el cuchillo, hasta que, en un momento, el acusado cesa su agresión, logrando la víctima colocarse de pie y solicitar ayuda. Producto de la agresión descrita, la víctima resultó con heridas y trauma cortopunzante en rostro y cuello, lesiones potencialmente letales, pues el área amagada es crucial, por existir en dicha parte órganos que sostienen funciones vitales imprescindibles”.

 

 

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