Corte Suprema ordena tramitar solicitud de regularización migratoria de ciudadana mexicana

14-mayo-2022
“Que desde la fecha en que dicha autoridad administrativa acogió a trámite la solicitud de reconsideración, no se ha emitido un pronunciamiento sobre ella, por lo que la situación de no resolución de la petición efectuada importa, también, un problema de seguridad que coloca a la recurrente en una situación de incertidumbre completamente injustificada”, sostiene el fallo.

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de ciudadana mexicana y le ordenó al Servicio Nacional de Migraciones otorgar plazo a la amparada para que acompañe la documentación requerida y luego se pronuncie sobre la solicitud de regularización migratoria.

En fallo unánime (causa rol 13.278-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– estableció que la demora en resolver la solicitud es injustificada.

“Que de los antecedentes incorporados, aparece que el Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, reconoce que Marianela Belem Pedraza Cervantes, de nacionalidad mexicana, ingresó con fecha 10 de junio de 2021, solicitud de reconsideración de la resolución exenta N° 35972, que dejó sin efecto la visa sujeta a contrato, la que se encuentra en tramitación, lo que le permite estar en situación regular en el país”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que desde la fecha en que dicha autoridad administrativa acogió a trámite la solicitud de reconsideración, no se ha emitido un pronunciamiento sobre ella, por lo que la situación de no resolución de la petición efectuada importa, también, un problema de seguridad que coloca a la recurrente en una situación de incertidumbre completamente injustificada”.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de veintisiete de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel en el Ingreso Corte N° 162-2022, solo en cuanto se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Marianela Belem Pedraza Cervantes, para que la autoridad migratoria le otorgue un plazo a fin que acompañe los documentos requeridos y se pronuncie sobre la solicitud de reconsideración pretendida por la recurrente”.