La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por la defensa y declaró la prescripción de la pena impuesta a su representado, 41 días de presidio, como autor del delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar. Ilícito perpetrado en enero de 2021, en la comuna de Llanquihue.
En fallo dividido (causa rol 11.852-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Ricardo Abuauad– estableció error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que rechazó el recurso.
“Que la pena de prisión, conforme al artículo 21 del Código Penal es una pena de falta, la que prescribe, por ende, según dispone el artículo 97 del mismo texto, en seis meses, desde que los plazos establecidos en dicho artículo 97 para los crímenes, simples delitos y faltas ‘deben determinarse sobre la base de las penas impuestas por la sentencia respectiva, es decir, en concreto’ (Cury. Derecho Penal, Parte General. Ed. Universidad Católica de Chile, 8a ed., 2005, p. 805)”, cita el fallo.
La resolución agrega: “Que, así las cosas, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, ha actuado contraviniendo las normas antedichas al rechazar declarar la prescripción de la pena en el caso en estudio por exigir un plazo de cinco años, al entender, equivocadamente como se ha explicado antes, que debía transcurrir el término propio de un simple delito, naturaleza que no corresponde a la de la sanción impuesta al amparado, exponiendo a este a verse privado de su libertad personal para cumplir una sanción que se encuentra extinguida por prescripción, peligro que deberá suprimirse acogiendo el recurso y adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho”.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de catorce de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en el Ingreso Corte N°125-2022 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Hugo Oyarzo Paredes, y se declara la prescripción de la pena de prisión impuesta en la causa Rit N° 287-21, con fecha 18 de enero de 2021, por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas”.
Decisión acordada con los votos en contra del ministro Dahm y la ministra Letelier.