TOP de Punta Arenas dicta veredicto absolutorio por femicidio y daños simples por falta de pruebas

11-abril-2022
También en la causa, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de Isla Abarca, como autor del delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas dictó hoy –lunes 11 de abril – veredicto absolutorio en favor de Leonardo Antonio Isla Abarca, sindicado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de femicidio y daños simples. Ilícitos supuestamente cometidos en diciembre de 2019, en la ciudad.

En resolución unánime (causa rol 142-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Julio Álvarez Toro (presidente), Luis Enrique Álvarez Valdés y Jaime Álvarez Astete – tras la deliberación de rigor, decretó la absolución de Isla Abarca, debido a que la prueba de cargo, incorporada al juicio por el Ministerio Público y la parte querellante, resultó insuficiente para acreditar la existencia de los delitos imputados.

En la causa, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de Isla Abarca, como autor del delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar.

Absolución

La decisión de absolución se adoptó debido a que la prueba incorporada por la fiscalía y la querellante al juicio resultó insuficiente para tener por establecidos los delitos, “más  allá de toda duda razonable, en especial en lo que dice relación con las conclusiones de carácter pericial, como también de la prueba testimonial, la prueba documental, las fotografías exhibidas, medios materiales y la demás prueba incorporada al juicio”.

“Esta prueba del Ministerio Público y de la querellante no ha permitido al Tribunal alcanzar aquella convicción que en la especie la muerte de GLENDA DELGADO CÁRDENAS, fue perpetrada por un accionar homicida del acusado. La prueba no fue suficientemente precisa, especialmente, se debe mencionar el análisis de las primeras intervenciones por personal de la P.D.I., al cadáver de la occisa, como el perito médico legal, que hacen tangible la existencia de dudas razonables que serán expuestas en la sentencia que se dictará. A su vez, y en lo que respecta al delito de desacato, estos hechos como la participación culpable si fueron específicamente establecidos con aquel convencimiento necesario para dictar decisión de condena”, consigna el acta de deliberación.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el juez Álvarez Valdés– quedó programada para las 11 horas del próximo martes 26 de abril próximo, vía remota.