Corte de Punta Arenas dicta orden de no innovar y suspende expulsión de ciudadano colombiano

09-marzo-2022
La Sala tuvo por interpuesta la acción constitucional, dictó orden de no innovar y le dio 24 horas de plazo a la autoridad recurrida para que evacue un informe sobre el asunto.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de amparo interpuesto en representación del ciudadano colombiano y paralizó la resolución que decretó su expulsión del país, dictada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

En fallo unánime (causa rol 28-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcos Kusanovic, Paola Oltra y Claudio Jara– tuvo por interpuesta la acción constitucional, dictó orden de no innovar y le dio 24 horas de plazo a la autoridad recurrida para que evacue un informe sobre el asunto.

“Pídase informe al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Rodrigo Delgado Mocarquer, quien deberá evacuarlo dentro del plazo de veinticuatro horas y acompañar todos los antecedentes que digan relación con el mismo. Para dicho efecto, úsese la vía más expedita. Al primer otrosí, por acompañados los documentos. Al segundo otrosí, estese a lo resuelto en lo principal. Al tercer otrosí, dese cuenta de la orden de no innovar. Al cuarto otrosí, téngase presente”, consigna el fallo.

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