Juzgado de Garantía de Punta Arenas acoge suspensión condicional de procedimiento por malversación de caudales públicos

17-febrero-2022
Los imputados tienen un año de plazo para pagar una suma de 8 millones de pesos como indemnización a la Corporación Municipal para la Educación, Salud y Atención al Menor.

El Juzgado de Garantía de Punta Arenas acogió la solicitud de las partes y aprobó la suspensión condicional del procedimiento abierto en contra de cuatro exfuncionarios municipales imputados por el Ministerio Público como autores del delito de distracción o malversación de caudales públicos. Ilícito que habrían perpetrado en perjuicio de la Corporación Municipal de Punta Arenas para la Educación, Salud y Atención al Menor, entre octubre y diciembre de 2013, en la ciudad.

En audiencia de suspensión condicional de procedimiento (causa rol 1999-2017), el magistrado el juez Cristián Armijo Silva declaró la suspensión por el plazo de un año, período durante el cual los imputados Hermes Fernando Hein Bozic, Gonzalo Germán Pumarino Vargas, Hugo Humberto Bizama Pommiez y Katherine Tamara Urtubia Carrasco deberán pagar una suma de 8 millones de pesos como indemnización a la entidad municipal supuestamente defraudada, los que irán en beneficio de la escuela Paul Harris y el Centro de Educación Integral de Adultos (CEIA).

“Considerando que el requisito establecido por el artículo 238 del Código Procesal Penal no es finalmente una sanción, no se puede sostener la suma total que eventualmente se adeuda y que es sujeto de discusión, por lo que es oportuno otorgar la rebaja que se solicita, atendido a que son cuatro personas que tendrán un año de plazo para pagar”, resolvió el tribunal.

Hechos de la acusación

Según el ente persecutor, en el marco de la ejecución del programa financiado con fondos de la Subvención Escolar Preferencial del ministerio de Educación para establecimientos educacionales que poseen alumnos en situación de vulnerabilidad socioeconómica, se contrató la asesoría de la entidad técnica de apoyo ATE REDESS LTDA (también llamada Chileduc) para ‘La implementación del rediseño organizacional y modificación de los estatutos de la CORMUPA, año 2013’. El contrato fue suscrito el 26 de septiembre de 2013 por Bizama Pommiez, en ese momento secretario General de la Cormupa, con asesoría de Pumarino Vargas como jefe de la División de Planificación del organismo y de Hein Bozic, en calidad de asesor jurídico.

El contrato establecía que el programa se ejecutaría en conjunto con equipo directivo de la corporación más la contraparte designada, por un total de $33.300.000, contemplando anticipo del 40% del valor total ($13.200.000); una segunda cuota de $9.900.000 pagada contra la aprobación del ‘Informe de la propuesta de Rediseño Organizacional”, que debería ser entregado a más tardar el 30 de diciembre de 2013. La requerida URTUBIA CARRASCO pagó contra la emisión por parte de REDESS LTDA., de la factura N° 02458, la suma de $13.900.000  correspondiente a la primera cuota por anticipo del 40% del contrato de Servicio Implementación del Rediseño Organizacional; factura aprobada por el imputado GONZALO PUMARINO VARGAS, ambos conociendo que dicho pago no tenía relación alguna con la educación y finalidad de la subvención otorgada por la ley SEP. BIZAMA POMMIEZ, en su calidad de Secretario General, procedió a girarlo.

En diciembre de 2013, siendo HEIN BOZIC Secretario General de la Corporación aceptó la recepción de una segunda factura por $9.900.000 emitida por la ATE REDDES Ltda., N° 02484, nuevamente sin relación alguna con la educación y finalidad de la subvención otorgada por la ley SEP, trámite aprobado por los demás imputados.

Producto del actuar conjunto y negligente de todos los imputados, quienes no verificaron nunca el cumplimiento íntegro de la obligación contraída por REDESS LTDA. y tampoco aseguraron su cumplimiento por ninguno de los mecanismos posibles, pagaré o boleta de garantía, con lo que se permitió que Chileduc o REDDES Ltda., cobrara la suma total de $23.100.000 pesos en fondos públicos, substrayéndolos y usándolos para su propio beneficio, no presentando REDESS LTDA. el informe final respecto de la propuesta de nuevos estatutos.

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