Ministro Max Cancino procesa a miembros (r) de la Armada por secuestro con grave daño y torturas

14-febrero-2022
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino Cancino, sometió a proceso a cinco miembros en retiro de la Armada, por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a Otilia Eliana Berta Toro Parada. Ilícitos cometidos en la ciudad puerto, en diciembre de 1973 y el enero de 1974.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino Cancino, sometió a proceso a cinco miembros en retiro de la Armada, por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a Otilia Eliana Berta Toro Parada. Ilícitos cometidos en la ciudad puerto, en diciembre de 1973 y el enero de 1974.

En la resolución (causa rol 502-2020), el ministro Cancino procesó a Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Héctor Vicente Santibáñez Obreque, Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Bertalino Segundo Castillo Soto y Sergio Hevia Febres, en calidad de autores de los delitos.

Con los antecedentes recopilados durante la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer que: “Otilia Eliana Berta Toro Parada, fue ordenada detener, por primera vez, por las autoridades del Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI), por su calidad de militante del Partido Socialista, lo que se concretó el día 26 de diciembre de 1973, en su domicilio ubicado en calle Santa Marta N° 34, Cerro Playa Ancha, Valparaíso, siendo conducida al recinto de detención denominado Cuartel Silva Palma, emplazado en Valparaíso, lugar en que se encontraba dispuesto un grupo de interrogadores, también organizados y coordinados por los mandos militares, con el objeto que entregare antecedentes acerca de sus compañeros del Partido y de supuestas actividades terroristas, quienes procedieron a vendarla y mantenerla encerrada sin orden judicial legítima que lo justificare, interrogarla, y torturarla mediante diversas técnicas, entre ellas, golpes en su espalda con un objeto contundente y golpes con las manos abiertas en ambos oídos o técnica de tortura conocida como ‘el teléfono’, siendo liberada el día 31 de diciembre de 1973”.

“Otilia Toro Parada fue ordenada detener en una segunda oportunidad, lo que se concretó el 2 de enero de 1974, en los mismos términos antes descritos, oportunidad en que los interrogadores dispuestos en el Cuartel Silva Palma, volvieron a interrogarla y torturarla, esta vez con aplicación de corriente, amenazas e intento de desnudarla, siendo liberada luego de cinco días aproximadamente”, añade.

“(…) teniendo presente la situación sanitaria del país con ocasión del COVID-19, y siendo todos los procesados personas de la tercera edad, manténganse a estos detenidos en sus respectivos domicilios, bajo custodia de Carabineros de su sector, en tanto se aprueba la resolución que les concederá la libertad provisional, y que será dictada a continuación, en trámite de consulta ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso”, ordenó el ministro Cancino.