Corte Suprema declara inadmisible recurso de unificación y mantiene fallo que acogió demanda por despido de funcionario municipal

20-diciembre-2021
“Que, conforme aparece del mérito de los antecedentes, la resolución impugnada ha sido dictada en el contexto de un procedimiento monitorio, y, por consiguiente, corresponde declarar inadmisible el presente recurso por no proceder legalmente”, sostiene el fallo.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado de funcionario de la Municipalidad de Padre Las Casas, Región de La Araucanía.

En fallo unánime (causa rol 76.128-2021), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Andrea Muñoz, Jorge Zepeda, Roberto Contreras y los abogados (i) Pía Tavolari y Gonzalo Ruz– estableció la improcedencia del recurso, enderezado en contra de una resolución dictada en procedimiento monitorio, excluido de impugnación a través de unificación de jurisprudencia.

“Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó el de nulidad que interpuso en contra de la que acogió la demanda tramitada según las reglas del procedimiento monitorio”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que el artículo 502 del Código del Trabajo establece que las resoluciones dictadas en el procedimiento monitorio serán susceptibles de ser impugnadas por medio de todos los recursos establecidos en el Código del Trabajo, excepto el de unificación de jurisprudencia”.

“Que, conforme aparece del mérito de los antecedentes, la resolución impugnada ha sido dictada en el contexto de un procedimiento monitorio, y, por consiguiente, corresponde declarar inadmisible el presente recurso por no proceder legalmente”, concluye.