TOP de Temuco condena a 5 años y un día de presidio a autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando muerte

15-diciembre-2021
En fallo unánime Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Roberto Osvaldo Chanqueo Millamán a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, en concurso ideal con el delito de conducción en estado de ebriedad causando daños. Ilícito cometido en julio de 2019, en la comuna de Pitrufquén.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Roberto Osvaldo Chanqueo Millamán a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, en concurso ideal con el delito de conducción en estado de ebriedad causando daños. Ilícito cometido en julio de 2019, en la comuna de Pitrufquén.

En fallo unánime (causa rol 60-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Leonel Torres Labbé (presidente), Luis Torres Sanhueza y Luis Emilio Sarmiento Luarte (redactor)– aplicó, además, a Chanqueo Millamán las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación para profesiones titulares mientras dure la condena; más la inhabilidad perpetua para conducir vehículo de tracción mecánica y el pago de una multa de 8 UTM y de las costas del juicio.

En la causa, el tribunal impuso al condenado la pena de 302 días de presidio y el pago de 2 UTM por el delito de conducir en estado de ebriedad con resultado de lesiones leves; y 818 días de presidio, más el pago de 7 UTM, como autor del delito de incumplimiento de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad del accidente.

Asimismo, se decretó el decomiso del vehículo que conducía el imputado al momento de los hechos.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 18:45 horas del 28 de julio de 2019, el acusado conducía en estado de ebriedad por la Ruta S-70 de la comuna de Pitrufquén, una camioneta de su propiedad marca Mitsubishi y que, dado a que no iba atento a las condiciones del tránsito debido a su estado, aproximadamente a la altura del kilómetro 12 de dicha vía, traspasó el eje central de la calzada, impactando en la parte delantera, costado izquierdo, al vehículo marca Subaru, que transitaba en sentido contrario y que era conducido por su propietario L.E.V.G., el cual resultó con lesiones consistentes en contusión en la pierna derecha de carácter leve, mientras que su vehículo resultó con daños de consideración. Tras del impacto y de que el acusado constató lo ocurrido, pese a que su vehículo quedó detenido en el centro de la calzada, transcurrido unos minutos huyó del lugar, sin dar cuenta de lo ocurrido a la autoridad y sin prestar la ayuda posible, conduciendo su vehículo, nuevamente, en dirección al oriente, esta vez en contra del sentido del tránsito y con las luces apagadas, y pese a la advertencia de un tercero, avanzó aproximadamente 42 metros, obstaculizando la normal circulación que hacía en sentido contrario un vehículo marca Chevrolet, conducido por J.A.L.C., impactando ambos vehículos de manera frontal. A consecuencia de este segundo choque, J.A.L.C. resultó con politraumatismos músculo esquelético y visceral, lesiones vitales que le causaron la muerte, mientras que su vehículo resultó con daños en toda su estructura.

Al lugar llegó personal de Carabineros, percatándose de la ebriedad del acusado debido a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, dificultad al hablar e inestabilidad al caminar, arrojando a la prueba de alcotest la cantidad de 2.41gramos de alcohol por litro de sangre, siendo trasladado al hospital local, donde se le tomó muestra para posterior examen de alcoholemia, el cual arrojó como resultado 2.79 gramos de alcohol en la sangre.

Noticia con fallo