TOP de Melipilla condena a 12 años y 184 días de presidio efectivo a autor de tres delitos tentados de femicidio

21-octubre-2021
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla condenó a Manuel Alfonso Fuentes Artigas a la pena única de 12 años y 184 días de presidio efectivo, en calidad de autor de tres delitos tentados de femicidio. Ilícitos perpetrados en la comuna, en julio de 2019 y agosto y octubre de 2020, respectivamente.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla condenó a Manuel Alfonso Fuentes Artigas a la pena única de 12 años y 184 días de presidio efectivo, en calidad de autor de tres delitos tentados de femicidio. Ilícitos perpetrados en la comuna, en julio de 2019 y agosto y octubre de 2020, respectivamente.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Ana María Vega Ramírez (presidenta), Sylvia Alvarado Estay (redactora) y Mauricio Cuevas Gatica– aplicó, además, a Fuentes Artigas las accesorias legales accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, Fuentes Artigas deberá cumplir 3 años y un día de presidio, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de dos delitos de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar y un delito de amenazas condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrados en noviembre de 2019 y octubre y noviembre de 2020.

En la causa, además, el tribunal condenó a Fuentes Artigas a la pena efectiva de 301 días de reclusión y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrado en noviembre de 2019.

Finalmente, se impuso al condenado las medidas accesorias del artículo 9° de la Ley 20.066, letras b y c; es decir, la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro al que concurra o visite habitualmente, por el término de 2 años; y la prohibición de porte y tenencia de armas de fuego.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 05.00 horas del 22 de julio de 2019, “en el domicilio ubicado en calle Carlos Avilés (…), comuna de Melipilla, Manuel Alfonso Fuentes Artigas inició una discusión con su conviviente (…), ofuscándose, para luego agredirla con golpes de puño y patadas en diversas partes de su cuerpo, doblándole las manos y luego tomó el cuello de (…), tratando de asfixiarla, para luego dejarla abandonada en el domicilio e irse a trabajar”.

A consecuencia de las agresiones, la víctima resultó con “múltiples contusiones en diferentes partes del cuerpo, hematomas cervicales que impresionan como acción de estrangulamiento, con evidencia de esguince grado II de muñeca izquierda”.

En tanto, en horas de la noche del 5 de noviembre de 2019, “Manuel Alfonso Fuentes Artigas, se encontraba en el inmueble ubicado en calle Carlos Avilés (…), comuna de Melipilla, en compañía de su conviviente (…), el que sin motivo aparente, la golpeó y tomó del cuello, mientras la amenazaba gritándole al oído ‘TE VAS A MORIR’”. Ocasión en que la víctima resultó con “mínimo eritema lineal facial derecho, dolor cervical a la movilidad, contractura y mínimo hematoma en brazo izquierdo, lesiones de carácter clínicamente leves, según dato de atención de urgencia emitido por el Hospital San José de Melipilla”.

El tercer episodio se registró alrededor del mediodía del 23 de agosto de 2020, cuando “Manuel Alfonso Fuentes Artigas y su conviviente (…), llegaron al domicilio que compartían, ubicado en Carlos Avilés (…), Comuna de Melipilla, y sin motivos alguno éste se enojó con (…) tomó con sus manos el cuello estrangulándola, producto de lo cual (…) perdió el conocimiento”.

A consecuencia de la agresión, la víctima resultó con “hematomas leves en ambos lados del cuello, como si alguien la hubiese apretado, marca de dedo lateral izquierdo, el cual le dificulta hasta abrir la boca, hematoma región, mano derecha, marca de un pulgar”.

El 30 de octubre de 2020, aproximadamente a las 18.15 horas, Fuentes Artigas concurrió hasta el domicilio de su exconviviente, “con el objeto de retirar sus pertenencias del inmueble, al ingresar al domicilio, Fuentes Artigas amenazó a (…), diciéndole ‘te vas a morir por mis manos’, para luego agredirla tomándola por el cuello dejándola sin aire”, provocándole “hematoma de cuello y contusión laríngea”.

Al día siguiente, alrededor de las 14 horas, Fuentes Artigas volvió al domicilio de su expareja “con el objeto de que quitara la denuncia del día anterior, señalándole ‘te voy a matar como una perra si no vai a quitar la denuncia’”.

Finalmente, cerca de las 9.50 horas del 6 de noviembre de 2020, “mientras (…) salía de su domicilio para dirigirse a su trabajo, al lugar llegó su ex conviviente Manuel Alfonso Fuentes Artigas, quien le solicitó que ingresaran al departamento para poder conversar y dado que (…) se negó, éste la tomó del cuello, aprisionando el rostro de Karen del Pilar Farías Orozco contra la reja del inmueble, para luego salir corriendo señalando ‘te voy a matar, vas a ver, ahora que no estoy trabajando en cualquier momento te pillo’”.

Noticia con fallo