La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a Kevin Nicolás Tabilo Rebeco y Johan Bastián Gutiérrez Rodríguez a 5 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en Vallenar, en noviembre de 2019.
En fallo unánime (causa rol 247-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Antonio Poblete, Aída Osses y Rodrigo Cid– desestimó que la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, se haya dictado con infracción de ley.
“Que, entonces, para desechar las alegaciones que sirven de fundamento al recurso de nulidad en cuestión, solo basta la lectura del fallo impugnado para apreciar que se dio estricto cumplimiento a lo ordenado en el artículo 342 letra c) del Código Procesal del ramo, por cuanto se trató toda la prueba rendida en este juicio la que fue suficiente para establecer hechos que conforman el ilícito penal ya enunciado más arriba, y el actuar culpable del sentenciado en dicha conducta punible, sin transgredir lo dispuesto en el artículo 297 del mismo cuerpo legal. Estas fundamentaciones están plasmadas en los motivos decimocuarto y decimoquinto del fallo impugnado”, sostiene el fallo.
La resolución añade: “Que del modo como se ha razonado en este fallo, aparece que los reproches de la defensa contenidos en su recurso, no es más que un análisis de lo resuelto en la sentencia, bajo su prisma, denotando una simple disconformidad con la valoración, fundamentación y resolución que efectuó el a quo, siendo ello más propio de un recurso de apelación, que uno de derecho estricto, como lo es el de nulidad intentado; por lo que lo alegado corresponde más a una apelación encubierta, donde el recurrente hace ver que está en desacuerdo con lo decidido por el Tribunal Oral en lo Penal, pretendiendo que dicha apreciación o interpretación particular de la prueba rendida en autos, prime sobre la oficial efectuada por el órgano llamado por la ley a realizarla. Todo ello no es bastante para configurar la causal invocada”.
Por tanto: “Se declara que se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por don GREGORY ARDILES BUGUEÑO, Defensor Penal Público Licitado, en representación de los acusados KEVIN NICOLÁS TABILO REBECO y JOHAN BASTIÁN GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, en causa RIT: 80-2021 y RUC N° 1.910.055.355-7, en contra de la sentencia dictada con fecha 07 de julio del año 2021, por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, que condenó a dichos imputados y, en consecuencia, se declara que dicho fallo, no es nulo”.