El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó, además, a Jorge Carlos Palacios Urrutia a 541 días y a tres penas de 300 días de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de desacato, lesiones menos graves, amenazas en contexto VIF y daños, respectivamente. Ilícitos perpetrados en febrero de 2019, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 76-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Espinoza (presidente), Claudia Parra y Claudio Correa (redactor)– condenó en costas a Palacios Urrutia a 15 años de presidio efectivo y accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de incendio. Ilícito cometido en Viña del Mar, en febrero de 2019.
Asimismo, el condenado deberá purgar 541 días de reclusión, más la accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de desacato; más tres penas de 300 días y la accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de las condenas, como autor de los delitos de lesiones menos graves, amenazas en contexto de violencia intrafamiliar y daños.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
Asimismo, y conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 b) de la ley 20.066, habiendo Palacios Urrutia cometido el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, en los términos del artículo 5° de dicho cuerpo legal, el tribunal decretó en su contra la prohibición de aproximarse a la víctima por el término de dos años, una vez recupere la libertad.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 20 horas del 15 de febrero de 2019, el acusado “llegó hasta el domicilio ubicado en Pasaje 3, casa N° 553, Viña del Mar, lugar de residencia de los adultos mayores Eliana Bernales Mena y Adriano Jesús Toledo Ponce. En el lugar, Palacios Urrutia lanzó un objeto contundente al rostro de Eliana Bernales Mena, causándole una lesión consistente en hematoma en el pabellón auricular izquierdo. En la misma ocasión, el acusado utilizando un objeto contundente, rompió diversas ventanas de la vivienda, causando daños avaluados en $80.000”.
En tanto, alrededor de las cuatro de la madrugada del 17 de febrero de 2019 “Palacios Urrutia llegó hasta el domicilio ubicado en Pasaje 3 N° 553, Villa Dulce, Viña del Mar, donde moraba su ex conviviente María Eliana Toledo Bernales, un hijo de ambos, y los padres de la primera, Adriano Toledo Ponce y Eliana Bernales Mena. Una vez allí, luego de insultarla, la amenazó con matarla y quemarle la casa. Momentos después, de manera intencional, prendió fuego al automóvil de propiedad del padre de la víctima, propagándose el fuego a toda la vivienda la que producto del fuego quedó completamente destruida y dañada, además, la casa colindante”.
Finalmente, 23 de febrero de 2019, alrededor de las 10:55 horas, Palacios Urrutia llegó “hasta el domicilio ubicado en Pasaje Lenga, Block 15, departamento 13, Viña del Mar, donde moraba su ex conviviente María Eliana Toledo Bernales, con quien tiene un hijo en común, incumpliendo con ello la medida cautelar del artículo 9° letra B de la ley 20.066 que le prohibía acercarse a su ex conviviente María Eliana Toledo Bernales, decretada el 18 de Febrero de 2019 en causa RUC 1900179883-1, RIT 2179 por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, vigente a esa fecha”.