Corte de Santiago confirmó multa aplicada a empresa de TV cable por no disponer de formularios de reclamo

20-julio-2021
Cuarta Sala confirmó las multas por un total de 300 UTM, más 0,25 UTM por cada día de retraso, aplicadas a la empresa de televisión por cable VTR Comunicaciones SpA, por no contar con formularios de reclamos en sucursales de atención de usuarios.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las multas por un total de 300 UTM, más 0,25 UTM por cada día de retraso, aplicadas a la empresa de televisión por cable VTR Comunicaciones SpA, por no contar con formularios de reclamos en sucursales de atención de usuarios.

En fallo unánime (causa rol 2.349-2021), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Hernán Crisosto, Antonio Ulloa y el abogado (i) Jorge Benítez– confirmó las sanciones aplicada a la cable operadora por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

“Que los argumentos esgrimidos por la recurrente –esbozados en el basamento que antecede–, no alteran lo concluido por la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones en la sentencia que se impugna por la presente vía, concluyéndose que la misma se encuentra suficientemente fundada en los hechos y el derecho, compartiendo esta Corte plenamente los razonamientos expuestos en sus basamentos 7° a 24°”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, respecto de la petición de rebajar las multas impuestas, los antecedentes aportados por la apelante no logran justificar tal rebaja, dado que se ha cometido infracciones que revisten especial gravedad, tomando en consideración que la conducta infraccional de VTR Comunicaciones Spa, acorde a lo acreditado en autos, configura especial entidad, no sólo porque transgrede disposiciones legales y reglamentarias expresas, sino porque atenta contra la normativa específica destinada a velar por la protección de los derechos a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y garantizar el mejoramiento continuo en la calidad de la prestación de los mismos. En la especie, además, se ha dificultado a los usuarios el ejercicio de sus derechos, dejando a los clientes de la recurrente en una situación desventajosa, incluso respecto de las garantías mínimas que la preceptiva sectorial de telecomunicaciones prevé, por lo que se estiman proporcionales las sanciones aplicadas, y que serán por tanto confirmadas”.

Por tanto, se resuelve que: “SE CONFIRMA la sentencia apelada de veintiocho de abril del año pasado, escrita a fojas 96 a 107 de la causa infraccional N° 1.391-2019, CON DECLARACIÓN de que la multa diaria que se impone a VTR Comunicaciones Spa se aplicará desde que esta sentencia quede ejecutoriada”.

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