Con declaración de menores en juicios desarrollados en las jurisdicciones de Chillán y Temuco se dio inicio a la segunda etapa de la implementación de la ley 21.057 de Entrevista Videograbada para niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos graves, que además entró en vigencia en las regiones de Atacama, Coquimbo, Biobío y Los Ríos.
La nueva ley crea la figura de los “entrevistadores” y los “intermediadores”, personas acreditadas y especializadas, que están a cargo de desarrollar las entrevistas videograbadas con los niños, niñas y adolescentes durante la investigación penal y durante el juicio oral, respectivamente. Además, la nueva ley crea “Salas Especiales” en los tribunales, la fiscalía y las policías, donde se desarrollan estas diligencias, en un ambiente acogedor y adecuado.
Se trata de la segunda etapa de la implementación de esta normativa que viene a reconocer que este tipo de víctimas es sujeto de derechos, y que ya desde octubre de 2019 rige en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Maule, Aysén, y Magallanes y la Antártica Chilena. La última etapa está prevista a contar del 3 de octubre del 2022 en las regiones de Valparaíso, O’Higgins, Los Lagos y Metropolitana.
“Comienza a regir en esta etapa en la región de Ñuble la implementación de la Ley 21.057 que establece, una entrevista investigativa videograbada de niños niñas y adolescentes que han sido víctimas de delitos graves y también establece una declaración judicial de los niños mediante el empleo de un intermediario o un entrevistador”, señaló el magistrado del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Chillán, Juan Pablo Lagos, encargado de realizar la primera intermediación a nivel nacional en esta etapa de la ley.
“En este caso el día de hoy se llevó a cabo una audiencia en este tribunal en la cual declaró una niña de 9 años y en ella se implementó esta entrevista a través de este intermediario para elaborar una declaración”, expresó. El juez agregó que “hemos sido capacitados mediante un curso sobre la ley de entrevista investigativa videograbada que abarca todas las circunstancias y el conocimiento que requiere, tanto la norma como todos los fundamentos técnicos que la subyacen, los principios que la fundan, particularmente evitar la victimización secundaria y otros como el resguardo superior del niño y de la autonomía progresiva”.
Araucanía
Leonel Torres, juez presidente de Sala del TOP de Temuco, donde se desarrolló el primer juicio oral de esta jurisdicción planteó que “desde el aspecto técnico de la litigación, la ley 21.057 de entrevistas videograbas para NNA nos desafía a incorporar a un nuevo actor; que es el intermediario a cargo de realizar la entrevista a los NNA de tal manera que en mi rol como presidente de sala implica filtrar las preguntas de acuerdo a los protocolos, para que estas sean formuladas de manera apropiada a su desarrollo evolutivo, en un leguaje claro y sin contaminación, de tal manera que el trabajo en equipo entre jueces, fiscal, defensa e intermediarios se articula con el propósito de averiguar la verdad, pero sin causarle un daño adicional o revictimización a los niños y adolescentes”,
Desde su rol de intermediaria en el primer juicio oral bajo la ley 21.057, la magistrada del TOP de Temuco Patricia Abollado añadió que “Se trata de una víctima de abuso sexual con identidad reservada, de 13 años de edad, y estando acreditada como intermediaria ante el Ministerio de Justicia, ingresé a la sala especial para declaraciones de NNA en juicio oral, tomándole la declaración a la víctima, destacando que a partir de la entrada en vigencia de esta ley, los NNA no declaran más en la misma sala en la que se encuentran los demás intervinientes, sino que lo hacen en una sala especial prevista y diseñada para estos efectos, espacio privado dotado de la tecnología necesaria, y siempre en presencia del intermediario acreditado, quien en caso de requerirlo puede contener emocionalmente a los menores, resguardando sus derechos en el tribunal”.
En tanto, Wilfred Ziehlmann Zamorano, juez presidente del TOP de Temuco, indicó que “existe un conjunto de protocolos diseñados por la comisión técnica prevista en la ley 21.057, y que consultan los aspectos necesarios para su implementación. El compromiso y la capacitación de los jueces, los funcionarios judiciales, así como de los intervinientes en juicio es fundamental para su cumplimiento a cabalidad y cuyo propósito es resguardar a los niños, niñas y adolescentes en su permanencia en el tribunal, bajo conductas de empatía que permitan que los niños y adolescentes que se presenten al tribunal, se sientan acogidos. La salas especiales de declaración fueron diseñadas e implementadas tecnológicamente de manera estándar, de tal manera que de ser necesario, estos espacios se facilitan a otras instituciones que requieran aplicar entrevistas investigativas videograbadas”.
Nuevo marco
La Ley de Entrevistas Videograbadas crea un nuevo marco normativo para denunciar, investigar y juzgar los delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes. Ellos, antes de esta legislación, debían repetir en múltiples ocasiones sus testimonios durante todo el proceso judicial, frente a personal no especializado y en lugares poco adecuados, causándoles daños adicionales al que ya sufrieron como víctimas de delitos graves.
De este modo, en las regiones de la segunda etapa, habrá un total de 140 entrevistadores e intermediadores acreditados, cifra que puede crecer durante su implementación. En Ñuble, éstos suman 19. Asimismo, se contempla la apertura de 83 Salas Especiales en las instituciones que forman parte del proceso en el país y de ellas 8 están en nuestra región, cubriendo la totalidad geográfica de ésta.