Corte de San Miguel prorroga llamado público para para recibir postulaciones al concurso de receptor judicial interino de la comuna

02-noviembre-2026
La Corte de Apelaciones de San Miguel resolvió ampliar el plazo de llamado público para recibir las postulaciones al concurso de receptor judicial interino de la comuna.

La Corte de Apelaciones de San Miguel resolvió ampliar el plazo de llamado público para recibir las postulaciones al concurso de receptor judicial interino de la comuna.

“Atendida las resoluciones de 5 y 19 de octubre pasado, las cuales dispusieron el llamado a concurso para proveer, en calidad de interino, el cargo de receptor judicial de San Miguel, y que el plazo de postulación se encuentra vencido, se advierte que, analizados los antecedentes del concurso, se constató que la cantidad de postulantes que remitieron sus antecedentes resultan insuficientes para asegurar una adecuada selección que garantice la idoneidad y excelencia en el desempeño de la función. Por tanto, con el fin de contar con una nómina de candidatos que permita una elección idónea para mantener la continuidad del servicio respecto del cargo que se publica; se resuelve: Prorrogar el plazo de postulación para el cargo de receptor interino de San Miguel, a contar de esta fecha y hasta las 23:59 horas del 09 de noviembre de 2026”, señala la resolución.  

“Los postulantes deberán remitir los documentos ya individualizados en las resoluciones anteriores, esto es curriculum vitae actualizado, la copia del certificado de título de abogado vigente, si correspondiere; la copia de cédula de identidad vigente por ambos lados, el certificado de antecedentes para fines especiales, con una antigüedad no superior a tres meses; la declaración de parentesco para cargos del poder Judicial, la declaración de requisitos e incompatibilidades de ingreso a cargos del Poder Judicial, la declaración del artículo 36 de la Ley N° 14.908, en conjunto con el formulario de autorización de descuento por deuda de pensión de alimentos de ingreso para cargos de receptor judicial; y otorgar un correo electrónico válido para efectos de ser comunicados de lo que se resuelva en el proceso. Para efectos de una ordenada tramitación electrónica, se dispone que los documentos deberán presentarse mediante el sistema informático “Oficina Judicial Virtual” directamente en este ROL PLENO 1567-2026”, agrega.

“Se deja constancia de que quienes ya hayan postulado no deberán realizar una nueva postulación”, concluye.