La Corte de Apelaciones de Santiago revocó sentencia de primera instancia y rechazó la demanda presentada por un banco en contra de un cliente que fue víctima de un fraude bancario.
En la sentencia (rol 305-2024), la Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Alejandro Rivera, Pedro Maldonado y el abogado (i) Jorge Gómez- descartó culpa grave de la clienta al autorizar operaciones fraudulentas en traspasos a una fundación y el pago de impuestos.
“Que en el escenario antes señalado, a criterio de esta Corte no existen pruebas múltiples, graves, precias, conexas y concordantes para atender y corroborar los argumentos en que el banco demandante ha sustentado la “culpa grave” de la clienta, y de esa forma tener por configurada la responsabilidad que se le imputa en el contexto de la Ley N°20.009.
En efecto, analizados todos los antecedentes no ha sido posible llegar a la convicción de que la demandada haya actuado con negligencia grave para facilitar la operación fraudulenta, la que, por lo demás, como se indicó en el basamento quinto, tenía particularidades que no permitían considerarla, por su monto, como una transacción habitual de la clienta, debiéndose haber activado las alertas del sistema de monitoreo del banco, las cuales, como se indica en el documento de fojas 86, no operaron”, dice el fallo.