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Sexto TOP condena a 5 años y un día de presidio a autor de robo frustrado en lugar habitado

18-agosto-2026
En fallo unánime, el tribunal condenó a Luis Guillermo León Maureira a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de robo en lugar habitado. Ilícito cometido en febrero pasado, en la comuna de San Joaquín.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Luis Guillermo León Maureira a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de robo en lugar habitado. Ilícito cometido en febrero pasado, en la comuna de San Joaquín.

En fallo unánime (causa rol 160-2026), el tribunal –constituido por los jueces Claudio Rojas Yáñez (presidente), Christopher Fernández de la Cuadra (redactor)y Julio Castillo Urra– aplicó, además, a León Maureira las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 06:00 horas del 20 de febrero de 2026, “(…) el acusado LUIS GUILLERMO LEÓN MAUREIRA se trasladó en bicicleta hasta el domicilio de la víctima C.A.V.M., ubicado en calle Yalta, comuna de San Joaquín, e ingresó al recinto mediante escalamiento de la reja perimetral.
Una vez en el interior, sustrajo una hidrolavadora marca Karcher, de propiedad de la víctima, sin su voluntad y con ánimo de lucro. Posteriormente, salió del inmueble por escalamiento, portando la especie en un bolso o mochila, y huyó del lugar en bicicleta.
Momentos después, fue fiscalizado y detenido por funcionarios de Carabineros en la intersección de calles Sierra Bella y Carlos Valdovinos, comuna de San Joaquín, encontrándose la especie sustraída en su poder, al interior de un bolso de reparto”.

En la determinación de pena y forma de cumplimiento a imponer a León Maureira, el tribunal tuvo presente que: “(…) el delito de robo con fuerza en lugar habitado, cometido mediante escalamiento, se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo. Asimismo, aun cuando el ilícito se encuentre en grado de desarrollo frustrado, corresponde sancionarlo como consumado”.

La resolución agrega que: “Concurre en favor del acusado la circunstancia atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. Conforme a la regla especial del artículo 449 del Código Penal, la pena debe determinarse dentro de todo el marco legal previsto, atendiendo a la entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes concurrentes y a la mayor o menor extensión del mal causado”.

Para el tribunal: “En el presente caso, la colaboración prestada por el acusado mediante su declaración en juicio, unida a la menor extensión del mal ocasionado, permite fijar la pena en su límite inferior. En efecto, la hidrolavadora fue recuperada de manera inmediata, al ser encontrada en poder del acusado al momento de su detención, sin que se haya reportado daño alguno en la especie”.

“Finalmente, la defensa en la audiencia de rigor solicitó imponer la pena en el mínimo allanándose el Ministerio Público a dicha petición”, releva el fallo.

“Atendida la extensión de la pena que se impondrá y los antecedentes del encausado, este no reúne los requisitos establecidos en la Ley 18.216, y no podrá acceder a las penas sustitutivas de las privativas o restrictivas de libertad allí previstas”, concluye.

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