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29° Juzgado Civil de Santiago se capacita en Ley Integral de las Personas Mayores

17-agosto-2026
La exposición estuvo a cargo de la asesora legislativa de SENAMA, Tania Mora, quién ahondó en el acceso a la justicia y en el nuevo procedimiento de abandono social.

El 29° Juzgado Civil de Santiago y el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA), organizaron una jornada de capacitación en la Ley Integral de las Personas Mayores y de Promoción del Envejecimiento Digno, Activo y Saludable (Ley N° 21.822), que entrará en vigor el 1 de junio de 2027.

La actividad, realizada por Zoom,  estuvo a cargo de Tania Mora, asesora legislativa del SENAMA, quién señaló que Chile se encamina hacia un acelerado índice de envejecimiento, de acuerdo con cifras del Censo de 2024. Por cada por cada 100 menores de 15 años hay 111,9 personas mayores de 60 años.

En ese contexto, Mora Biere indicó que con esta ley se introduce un auténtico cambio de paradigma, pues las personas mayores pasan de ser un “objeto de protección” a un “sujeto de derechos”, con base en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

La expositora ahondó en el derecho de acceso a la justicia, destacando que se debe resguardar en las decisiones judiciales el derecho a la vida, la dignidad, la seguridad, a una vida libre de violencia y maltrato, a recibir un trato digno, y a ser respetado y valorado sin ningún tipo de discriminación arbitraria por razones de edad en la tramitación de los procesos judiciales en los que intervengan. Siendo obligación de los tribunales promover y garantizar la debida diligencia y una atención preferente y prioritaria en todos los procesos judiciales en los que participen.

Tania Mora, hizo hincapié en el nuevo procedimiento de abandono social de la persona mayor, señalando que conforme al artículo 23 de la Ley, se entenderá por abandono social la vulneración grave de los derechos de la persona mayor con dependencia, que ponga en peligro su vida, integridad física o psíquica, en los casos que dicha vulneración haga suponer la falta de redes de apoyo familiar o social.

Sobre el particular, explicó que, si las personas mayores han sido víctimas de abandono social u otro tipo de abandono, podrán recurrir a los programas especializados con los que cuenta el Servicio Nacional del Adulto Mayor para procurar el restablecimiento de sus derechos o bien ante el tribunal con competencia en asuntos de familia dentro del territorio jurisdiccional de su residencia o domicilio.

Finalmente, se realizaron algunas preguntas y comentarios de parte de los asistentes, en materias de capacidad e interdicción, entre otras, analizando un enfoque más actualizado.