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Juzgado del Trabajo de Iquique rechaza denuncia por despido con vulneración de derechos fundamentales

11-agosto-2026

El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique rechazó, con costas, la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, interpuesta en contra de la Contraloría Regional de Tarapacá.

En el fallo (causa rol 311-2024), el magistrado David Sepúlveda Cid acogió la excepción de caducidad interpuesta por la denunciada y, en consecuencia, declaró extinguidas tanto la acción principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales como la subsidiaria de despido improcedente, junto con no lograr el demandante acreditar las supuestas vulneraciones de que habría sido objeto.

“(…) con los antecedentes probatorios incorporados en la audiencia de juicio por las partes, valorados conforme las reglas de la sana crítica –esto es, recto entendimiento humano, máximas de la experiencia, y conocimiento científicamente afianzado, referidas a normas empíricas sostenidas en la razón, la madurez, el buen sentido lógico y el sano juicio–, no ha sido demostrado de manera suficiente, indicio alguno que cumpla los requisitos de plausibilidad o suficiencia y que generen en este juzgador, al menos, la sospecha fundada y razonable de que han existido las lesiones que la actora denuncia a sus garantías fundamentales, y como consecuencia lógica, el daño moral que dice haber sufrido”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Ahora, no obstante que lo anterior resulta más que suficiente para desestimar en todas sus partes ambas acciones, solo a mayor abundamiento, en cuanto al fondo de lo traído a estrados, no deja de llamar la atención de este juzgador el que la denuncia contenga un relato –excesivamente extenso pero igualmente confuso– que en caso alguno cumple con la especificidad que esta clase de procedimientos y la acción sometida a su tramitación requieren (…), pues lo primero que se extraña es la enunciación, expuesta con la debida claridad y precisión, de los hechos constitutivos de la vulneración alegada y sus indicios suficientes, ya que si bien se reproducen una innumerable cantidad de imputaciones, lo cierto es que no existe la más mínima ilación en su relato”.

“Por último, no obstante haberse desestimado la excepción de incompetencia absoluta alegada por la denunciada, y reiterando acá lo dicho en los motivos cuarto y siguientes del presente fallo, se condenará al actor al pago de las costas de la causa, por resultar evidente, en criterio de este juzgador, la falta de plausibilidad en sus motivos para litigar”, releva.

Por tanto, se resuelve que:

“I.- SE RECHAZA, la excepción de incompetencia absoluta alegada por la denunciada.

II.- SE ACOGE, la excepción de caducidad interpuesta por la denunciada, y en consecuencia, se declaran extinguidas las acciones, principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales, y subsidiaria de despido improcedente, indebido o injustificado (sic); y en consecuencia, SE RECHAZAN las demandas deducidas por don José Fernando Hugo Martínez Molina, representado en autos por los abogados don Joseph Mercado Flores y Sandy Valenzuela Urquieta, en contra de la Contraloría Regional de Tarapacá, con costas por los argumentos plasmados en el motivo 13º, las que se regulan en la suma de $500.000”.

 

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