El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una demanda por despido injustificado presentada por un guardia de seguridad en contra de la empresa Liderman SpA y la condenó al pago de $1.269.272 por concepto de lucro cesante.
En la sentencia (Rol 4.323-2025), el juez titular Ricardo Antonio Araya Pérez estableció que el trabajador mantenía vigente un contrato a plazo fijo hasta el 7 de agosto de 2025, pero fue desvinculado anticipadamente el 20 de junio del mismo año, mediante la causal de necesidades de la empresa.
El tribunal concluyó que la carta de despido no contenía hechos concretos que permitieran justificar la causal invocada, pues solo hacía referencia a motivos generales de racionalización económica, condiciones competitivas del mercado y ajustes en un centro de costos.
El fallo señala que la comunicación no precisó la variación de la demanda, el servicio afectado, el ajuste realizado, la eventual supresión del puesto ni las razones por las cuales era necesario prescindir específicamente de los servicios del trabajador. Dicho defecto, agregó la resolución, no puede ser subsanado posteriormente en el juicio debido al principio de invariabilidad de la causal de despido.
Por lo anterior, el tribunal declaró injustificado el despido y ordenó pagar al demandante las remuneraciones que habría percibido entre el 21 de junio y el 7 de agosto de 2025, además de reajustes, intereses y costas.
La sentencia rechazó, en cambio, la demanda deducida contra Administradora de Supermercados Hiper Limitada, al no acreditarse que el trabajador hubiera prestado servicios bajo régimen de subcontratación para dicha empresa.