Corte de Rancagua confirma la privación de libertad de imputados por robo con intimidación en San Fernando

15-mayo-2026
En fallo unánime, el tribunal de alzada también dejó a firme la resolución del Juzgado de Garantía de San Fernando que decretó la internación provisoria de dos adolescentes, de 15 y 17 años, imputados como coautores del delito.

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó hoy –viernes 15 de mayo– la medida cautelar de prisión preventiva dictada en contra de Milovan Jeremy Castillo Vera, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado el jueves de la semana pasada, en la comuna de San Fernando.

En fallo unánime, el tribunal de alzada también dejó a firme la resolución del Juzgado de Garantía de San Fernando que decretó la internación provisoria de dos adolescentes, de 15 y 17 años, imputados como coautores del delito.

“(…) los antecedentes referidos, que dan cuenta de un acto intimidatorio dirigido a las víctimas a fin de permitir la sustracción de las especies y asegurar la huida de los imputados, justifican, en esta etapa procesal, la existencia del delito de robo con intimidación en los términos del artículo 436 del Código Penal”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “En este sentido, más allá de las alegaciones de las defensas en orden a que las grabaciones incorporadas no permiten apreciar con claridad la existencia de un arma de fuego, lo cierto es que las víctimas y testigos relatan expresiones intimidatorias y la exhibición de un objeto con apariencia de arma, circunstancia que, unida a la actuación concertada de cuatro sujetos y a la dinámica desplegada para concretar la sustracción, aparece como idónea para configurar la intimidación exigida por el tipo penal, al menos para los fines cautelares propios de esta etapa procesal, concurriendo así presunciones fundadas acerca de la existencia del hecho punible y de la participación atribuida a los encausados”.

“(…) en cuanto a la necesidad de cautela, debe considerarse que los imputados han sido formalizados por un delito grave, sancionado con pena de crimen respecto del adulto y con sanciones privativas de libertad respecto de los adolescentes, atendida la entidad del ilícito y la forma de ejecución del mismo”, añade la resolución.

“Asimismo –prosigue–, aparece que los hechos habrían sido ejecutados por cuatro sujetos actuando de manera previamente concertada, mediante una dinámica coordinada, utilizando intimidación aparentemente con arma de fuego y superando numéricamente a las víctimas, circunstancias que dotan al ilícito de una mayor gravedad concreta”.

“A ello se suma que, no obstante que los adolescentes tienen irreprochable conducta anterior según su extracto de filiación y antecedentes, de los antecedentes expuestos en audiencia, estos registran investigaciones pendientes y judicializadas, uno de ellos incluso por un ilícito de similar naturaleza, elementos que, ponderados conjuntamente con la modalidad de comisión del hecho y la pena asignada al delito, permiten concluir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en los términos previstos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal”, concluye.

Respecto de Jairo Jordano Moreno Orellana, la Corte de Apelaciones rancagüina confirmó ayer –jueves 14 de mayo– la resolución impugnada que ordenó su ingreso en prisión preventiva, al compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.