Corte de Santiago informa procedimiento en caso de recusación a abogados integrantes en recursos laborales

28-abril-2026
En el contexto de un plan de descongestión, se ha dispuesto que en caso de ejercer el derecho de recusación sin expresión de causa de algún abogado integrante que conforme la Décima y /o Duodécima Sala, su presidente ordenará de inmediato la formación extraordinaria de la misma.

La Corte de Apelaciones de Santiago comunica a las señoras y señores abogados que se encuentra trabajando en un plan de descongestión en materia de recursos laborales pendientes de resolución, ante este tribunal de alzada.

En ese contexto y por razones de un mejor funcionamiento, se ha dispuesto que en caso de ejercer el derecho de recusación sin expresión de causa de algún abogado (a) integrante que forme parte de las salas especializadas (Décima y Duodécima), su presidente ordenará de inmediato la formación extraordinaria de la misma a fin de que se realice la audiencia.

El derecho previsto en el artículo en el artículo 165 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, -sujeto siempre a la concesión por parte del presidente de la sala, quien para resolver deberá atender a las circunstancias esgrimidas por el solicitante- será igualmente otorgado de forma excepcionalísima de existir antecedentes que lo ameriten.

En ningún caso la mera presentación de un requerimiento en los términos referidos, excusa el deber del profesional de anunciar formal y legalmente su alegato, en el evento que desee efectuarlo.