La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en la suma de $3.000.000 el monto de la indemnización que, por concepto de daño moral, deberán pagar solidariamente el Servicio de Salud Metropolitano Central, el Hospital Clínico San Borja Arriarán y el Consultorio N°1, Dr. Ramón Corbalán Megarejo, por la falta de servicio brindada a paciente que perdió piezas dentales y que debió recurrir a centro privado.
En fallo unánime, la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carolina Vásquez, Claudia Lazen y Andrea Soler– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reduce prudencialmente el monto resarcitorio en proporción al daño acreditado.
“Que, en cuanto al daño moral, teniendo en consideración que, si bien la situación denunciada es susceptible de causar afectación psicológica, no permite regular su cuantía en la suma decidida por el juez a quo, sino en una inferior”, plantea el fallo.
“Que del mérito de los antecedentes aparece que la indemnización concedida por el tribunal a quo en lo que respecta al daño moral es excesiva teniendo en consideración los medios probatorios acompañados al efecto, por lo cual se reducirá prudencialmente al monto que se dirá”, añade.
“Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintiocho de febrero de dos mil veinticinco, por el 25° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral a la suma de $3.000.000”, ordena.