La Corte de Arica rechazó hoy –viernes 17 de abril– el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Gino Óscar Alexis Moretti Rivera y Patricio Javier Díaz Vicencio; y la internación provisoria del adolescente G.M.G.A., imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de robo con violencia. Ilícito perpetrado en el valle de Azapa, el martes de la semana recién pasada.
En fallo unánime (causa rol 252-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Claudia Arenas González, Juana Ríos Meza y Héctor Gutiérrez– ratificó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Arica, al compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Después de deliberar esta Corte ha arribado la siguiente decisión con relación al adolescente en el recurso se cuestionaron todas las letras del artículo 140 del Código Procesal Penal y en lo que dice relación con la existencia del delito en esta instancia y en este estadio procesal, se encuentra satisfecho por la vía de la declaración de al menos dos de las víctimas, en cuanto a la participación con el reconocimiento expreso que dos de ellas hicieron del adolescente y el hecho de haber sido sorprendido con especies que habían sido recién sustraídas, y con relación a la letra c) –y en este sentido abarco a los tres imputados– teniendo en consideración las modalidades de comisión del delito, la extrema violencia que empleaba un delito pluriofensivo, el número de víctimas tanto del delito contra la propiedad, como contra la integridad física de las mismas, la gravedad de la pena y el hecho de haber actuado un grupo pandilla SE CONFIRMA respecto de G.M.G.A., Patricio Díaz Vicencio y Gino Moretti Rivera la resolución de ocho de abril recién pasado que impuso la internación provisoria respecto del primero y la prisión preventiva respecto de los segundos por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, consigna el fallo.
Según el ente persecutor, a las dos de la madrugada del 7 de abril de 2026, las víctimas dormían al interior de su domicilio, ubicado en el valle de Azapa, momento en que irrumpieron seis sujetos con vestimentas oscuras y gorros, entre ellos los imputados, quienes portaban armas de fuego y destornilladores, quienes comenzaron a golpear al dueño de casa en la cabeza y le exigían dinero bajo amenaza de muerte; en tanto, a su cónyuge le sustrajeron una cadena de oro y la hirieron en un hombro.
En dicho contexto, los imputados registraron el inmueble en busca de objetos de valor y lograron apropiarse de la suma de tres millones de pesos que las víctimas tenían bajo el colchón de la cama matrimonial y setecientos mil pesos que hallaron en una mochila; además de tres teléfonos celulares.
Asimismo, los imputados ingresaron a la habitación de una de las hijas del matrimonio, desde donde sustrajeron un teléfono celular. Tras agredir a una de los moradores, apuntar con un arma de fuego y dejar amarrado y herir con un arma blanca a otra víctima adolescente que opuso resistencia, los malhechores se dieron a la fuga con las especies en su poder.
A alertados por las víctimas, personal de Carabineros concurrió al sector y logró ubicar y detener al adolescente G.M.G.A. y Díaz Vicencio. En tanto, Moretti Rivera fue retenido por una de las víctimas y vecinos del sector.