El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Javier Lorenzo Daldo Daza a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 20-2026), el tribunal –integrado por los magistrados Juan Ibacache Cifuentes (presidente), Nancy Alvarado González y Moisés Pino Pino (redactor)– aplicó, además, a Daldo Daza las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que aproximadamente a las 23:15 horas del 3 de mayo de 2025, “(…) en la intersección de calles Maule y Cautín de Iquique, el acusado Javier Daldo Daza mantuvo una discusión con la víctima Jorge Valencia González, ambos individuos en situación calle, en la que el acusado premunido con un arma corto punzante tipo estoque, ataca a la víctima con la intención de darle muerte, dándole puntadas a la altura superior de su tórax, logrando impactarlo en el sector de su pecho en al menos dos ocasiones, para luego retirarse del lugar. La víctima, ya lesionada, camina por calle Maule hacia al poniente llegando cerca de pasaje Llanquihue, donde se desploma por las heridas sufridas, siendo auxiliado por personas que se encontraban en el lugar. Llegó al lugar personal médico que lo traslada al Hospital Regional donde finalmente fallece producto de una hipovolemia aguda traumática por herida penetrante cardíaca, compatible con una lesión por arma blanca, lesión necesariamente mortal aun mediando atención médica oportuna y eficaz”.