Comisión de libertad condicional de Concepción revisará 360 solicitudes en su primera sesión de 2026

06-abril-2026
La comisión es presidida por la ministra Antonella Farfarello Galletti e integrada por los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) Cristina Campos Andaur y del Juzgado de Garantía de Concepción, Iohan León Espinoza; y los magistrados del TOP de Cañete José Cánovas Fuentes y del Juzgado de Garantía de Talcahuano, Felipe Vega Letelier.

La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Concepción iniciará este lunes 6 de abril su primera sesión del año, trabajo que se extenderá hasta el miércoles 15 y que considera la revisión de 360 solicitudes de internos e internas propuestas por los tribunales de conducta de las diversas unidades penales de la jurisdicción.

La comisión es presidida por la ministra Antonella Farfarello Galletti e integrada por los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) Cristina Campos Andaur y del Juzgado de Garantía de Concepción, Iohan León Espinoza; y los magistrados del TOP de Cañete José Cánovas Fuentes y del Juzgado de Garantía de Talcahuano, Felipe Vega Letelier.

Los integrantes revisarán 209 solicitudes del Complejo Penitenciario Biobío, 19 del Centro de Educación y Trabajo (CET) Concepción, 11 del CET Cañete, 42 del Centro de Detención Preventiva (CDP) Mulchén, 33 del CDP Yumbel, 21 del CDP Arauco y 25 del CDP Lebu.

En la sesión anterior, realizada en octubre de 2025, la Comisión acogió 23 de las 366 solicitudes presentadas, cifra que equivale al 6,28% del total.

Normativa

El trabajo de la comisión está regido por el Decreto Ley N° 321, modificado por la ley 21.124, que establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería.

Además, se rige por el reglamento del Decreto Ley N°321, que determina que las comisiones de libertad condicional deben detallar fundadamente en sus informes si los postulantes cumplen o no cada uno de los requisitos, debiendo prestar especial consideración a la posible resocialización desglosada en los informes psicosociales.

En octubre de 2023 se promulgó la ley 21.627 que modifica diversos cuerpos legales para establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional, y que dispuso que las víctimas sean informadas acerca de las postulaciones a la libertad condicional y de la concesión de permisos de salida ordinarios de la persona condenada, así como se incluyó que ellas, personalmente o a través de su representante, puedan dar a conocer sus alegaciones o exponer ante la comisión que revisa estas solicitudes.