La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a Pablo Esteban Lagos Núñez a la pena de 6 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en mayo de 2021, en la comuna de Puerto Cisnes.
En fallo unánime (causa rol 332-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Pedro Castro, el fiscal judicial Juan Patricio Silva y el abogado (i) Marcos Gallegos– descartó los vicios de nulidad alegados por la defensa.
“Que, en consecuencia, no cabe sino concluir que el Tribunal, al sancionar al acusado por un delito de homicidio frustrado del artículo 391 N°2, en relación con el artículo 7 inciso 2°, ambos del Código Penal, teniendo en consideración para ello la forma y circunstancias en que ocurrieron los hechos y participación que en el mismo se atribuyó al acusado, aplicaron en forma correcta el derecho penal y no se denota vicio que haya influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, consigna el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “SE DECLARA SIN LUGAR Y SE RECHAZA, sin costas, el recurso de nulidad y su petición subsidiaria, deducido por los defensores privados Francisco Javier Ortega Acevedo, Luis Alejandro Jara Riquelme y Sebastián Andrés Trewhela Navarrete, en contra de la sentencia dictada con fecha 31 de julio del año 2023, en cuanto se condenó al acusado Pablo Esteban Lagos Núñez, por el delito de homicidio frustrado del artículo 391 N°2, en relación con el artículo 7 inciso 2°, ambos del Código Penal, a las penas que se establecen en lo resolutivo del fallo, sentencia que, en consecuencia, no es nula, como tampoco el juicio en la que se dictó”.
La sentencia de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 16 de mayo de 2021, al interior de un domicilio, ubicado en la localidad de La Junta, el acusado agredió a la víctima con un arma blanca, propinándole tres heridas en zonas torácica, lumbar y abdominal. Lesiones de carácter grave que, de no mediar atención médica oportuna, le habrían provocado la muerte.