Corte Suprema rechaza demanda contra banco por acción de desposeimiento de vivienda

13-marzo-2026
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo interpuestos en contra de la sentencia que desestimó la demanda de indemnización presentada en contra del Banco Santander Chile SA, que intentó acción de desposeimiento hipotecario para cobrar deuda a anterior dueño de la propiedad de la demandante.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo interpuestos en contra de la sentencia que desestimó la demanda de indemnización presentada en contra del Banco Santander Chile SA, que intentó acción de desposeimiento hipotecario para cobrar deuda a anterior dueño de la propiedad de la demandante.

En fallo unánime (causa rol 55.377-2025), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Leopoldo Llanos, Mario Carroza, María Soledad Melo, Jorge Zepeda y Eliana Quezada– descartó infracción en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de base que rechazó la demanda con costas.

“Que, al examinar la admisibilidad del recurso de casación no puede pasar inadvertido que el argumento central de la recurrente tendientes a justificar todas las vulneraciones de derecho, importan el planteamiento de una alegación nueva que no se manifestó en la etapa procesal correspondiente, verificándose así que los actores han cambiado el contenido inicial de su pretensión, en lo relativo al daño, así como su avaluación”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “En efecto, al deducir la demanda y tal como lo dejó anotado la sentencia recurrida en el considerando séptimo, esta tenía como fundamento para sostener el daño causado –a consecuencia del hecho ilícito cometido por el banco demandado– que la demandante estaba ad portas de perder el dominio de su propiedad, de su casa, lo que se originaba en la acción de desposeimiento seguida en su contra por el Banco Santander Chile S.A., puntualizando que el daño que se solicitaba indemnizar corresponde al daño emergente, o daño patrimonial efectivo, y lo que avaluaba en un total de $60.000.000, que los hacía corresponder en el valor comercial aproximado del inmueble”.

“En cambio, al deducir el recurso de casación, el demandante ha modificado el daño alegado y el monto solicitado, pues ahora, a consecuencia del mismo hecho ilícito, lo hace consistir en que los ahora demandantes –herederos de la actora– pagaron el crédito del deudor personal, logrando así que no ejecutara el remate de la propiedad, lo que además aconteció en el devenir del juicio y que, como consecuencia de ello, ahora el daño lo avalúan en $47.772.299 que corresponde al monto que efectivamente pagaron”, releva el fallo.

Para la Sala Civil, en la especie: “(…) lo anterior cobra relevancia al momento de analizar la procedencia del recurso de casación en el fondo, por cuanto queda en evidencia que la recurrente funda las infracciones de derecho en postulados que no fueron planteados en la oportunidad procesal pertinente –etapa de discusión–“.

“Así construido el recurso no puede prosperar, ya que no es posible analizar la transgresión de preceptos en base a argumentos que no fueron materia de la controversia sometida a conocimiento del tribunal y plasmada en un pronunciamiento jurisdiccional, pues de aceptarse, ello atentaría contra el principio de bilateralidad de la audiencia”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “se declara inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechaza el recurso de casación en el fondo deducidos por el abogado Alejandro Usen Vicencio, en representación de la parte demandante, en contra de la sentencia de treinta de octubre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.