La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia entablado en contra de la sentencia que acogió la demanda subsidiaria por despido injustificado y cobro de prestaciones de trabajador desvinculado por asociación de canalistas de Maule.
En fallo dividido (causa rol 8.012-2025), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Jessica González, Mireya López y Eliana Quezada– descartó error jurisprudencial en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de base que rechazó la demanda de tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido y daño moral, y que ordenó a la Asociación Canal Maule proceder al pago de la suma de $10.718.576 de incremento legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio y restituir $8.161.767, monto descontado del aporte patronal al seguro de cesantía del trabajador.
“Que, en efecto, la circunstancia que la causal invocada para poner término al contrato sea informada por escrito al trabajador es una exigencia mínima del debido proceso, pues corresponde al presupuesto necesario para su impugnación; sin embargo, para que pueda cuestionar efectivamente la concurrencia de la causal se requiere que también conozca los hechos en que se la hace consistir, y si bien es efectivo que los artículos 162 y 454 N°1 antes transcritos no aluden a la causal contenida en el artículo 161 inciso segundo, lo cierto es que no se trata de una omisión legislativa, pues es esa misma disposición la que incorpora el requisito de la comunicación escrita al referirse al ‘desahucio escrito del empleador’, y porque se trata de un motivo de terminación que no se sustenta en un ‘hecho’ que pueda ser imputado al trabajador, sino en la naturaleza de sus labores o de su cargo, aspecto que, por cierto, es igualmente susceptible de ser discutido en el juicio”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) dado que la norma contiene tres hipótesis que hacen procedente el desahucio, aparece igualmente necesario que el empleador precise la que invoca, única forma en que el trabajador podrá controvertir eficazmente su concurrencia en la demanda, puesto que, en el caso contrario, si la comunicación se limita a señalar la causal en forma genérica, como ocurre en la especie, será solo en la contestación de la demanda, al término de la etapa de discusión del juicio, cuando el empleador aportará tal información, sin que, en consecuencia, el trabajador pueda pronunciarse sobre el particular, quedando en una clara situación de desventaja procesal”, dice el fallo.
Agrega: “Que refuerza la conclusión precedente la circunstancia de tratarse de una norma de excepción, que permite poner término al contrato de trabajo por la voluntad unilateral del empleador, sin expresión de una causal disciplinaria o de otra circunstancia objetiva, por lo que debe ser interpretada restrictivamente, más aún en el marco de un área del derecho donde debe primer el principio protector del trabajador”
“Que, en consecuencia, habiéndose determinado la interpretación acertada respecto de la materia de derecho objeto del juicio, que coincide con lo resuelto en la sentencia impugnada, el presente recurso de unificación de jurisprudencia deberá ser rechazado”.
La decisión se adoptó con el voto en contra de las ministras González y López.