Sexto TOP de Santiago condena a 5 años y un día de presidio a autor de robo frustrado

23-febrero-2026
En fallo unánime, el tribunal condenó a Antonio Alejandro Taffo Taffo la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado. Ilícito cometido en febrero del año pasado, en la comuna de La Cisterna.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Antonio Alejandro Taffo Taffo la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado. Ilícito cometido en febrero del año pasado, en la comuna de La Cisterna.

En fallo unánime (causa rol 338-2025), el tribunal –constituido por los jueces Hugo Espinoza Castillo (presidente), Laura Torrealba Serrano y Gladys Camila Villablanca Morales (redactora)– aplicó, además, a Taffo Taffo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 2 de febrero de 2025, “(…) Antonio Alejandro Taffo Taffo ingresó al domicilio de propiedad de la persona de iniciales U.R.R.C., ubicado en calle Augusto Biaut N°312, comuna de La Cisterna, saltando la reja perimetral. Una vez que se encontraba en el patio del referido inmueble, forzó una caja de herramientas tipo baúl, apropiándose de diversas herramientas, a saber, una sierra eléctrica, una galletera eléctrica, un taladro, un bolso con diferentes herramientas de mano, no logrando consumar su propósito delictivo al ser sorprendido por personal de Carabineros”.

“Que, siendo la pena asignada al delito de robo con fuerza en las cosas efectuado en lugar habitado o destinado a la habitación o en sus dependencias, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, es una compuesta de un grado de una divisible, esto es, presidio mayor en su grado mínimo, de conformidad con lo previsto en el artículo 449 del Código Penal, atendido que las circunstancias modificatorias concurrentes presentan una entidad equivalente y que no se produjo una mayor extensión del mal causado, en especial considerando que no se concretó la sustracción de especies, se impondrá la pena en su límite inferior”, consigna el fallo.

“Que, la pena privativa de libertad impuesta a Taffo Taffo habrá de ser cumplida de manera real y efectiva, no resultando procedente, en consecuencia, la aplicación de ninguna de las penas sustitutivas previstas en la Ley N°18.216”, concluye.

Resolución acordada con la prevención de la magistrada Villablanca Morales, quien estuvo por calificar el grado de desarrollo del ilícito como tentado.

Noticia con fallo