TOP de Cañete condena a presidio perpetuo a autor de secuestro con violación

20-febrero-2026
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En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Maritza Aldana Cabezas (presidenta), José Cánovas Fuentes y Rodrigo González-Fuente Rubilar (redactor)– aplicó, además, a Parra Pérez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo de 10 años que establece la ley, en el evento de que recupere la libertad.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó a Javier Rodrigo Parra Pérez a la pena de presidio perpetuo, en calidad de autor del delito consumado de secuestro calificado con circunstancia de violación. Ilícito perpetrado entre fines de septiembre y mediados de octubre de 2024, en la comuna de Curanilahue.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Maritza Aldana Cabezas (presidenta), José Cánovas Fuentes y Rodrigo González-Fuente Rubilar (redactor)– aplicó, además, a Parra Pérez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo de 10 años que establece la ley, en el evento de que recupere la libertad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que un día indeterminado a fines de septiembre o principio de octubre de 2024, “(…), en la población Eleuterio Ramírez de la comuna de Curanilahue, el imputado Javier Parra Pérez, movilizado en un furgón, se acercó a la víctima (…), solicitándole subirse a dicho vehículo. Ante su negativa, el imputado la amenaza de forma seria y verosímil, señalándole que ‘se suba al vehículo sino mataría a toda su familia’, lo que le provoca el temor cierto a la víctima de exponerse a la concreción de determinados males.

Luego, el imputado traslada a la víctima hasta el domicilio (…) de la comuna de Curanilahue, lugar en que sin derecho le priva de libertad, encerrándola al interior de este domicilio, prohibiéndole salir durante 3 semanas aproximadamente. En este contexto de encierro el imputado permite salir a la víctima siempre en compañía de este, bajo su supervigilancia y control. Asimismo, el imputado amenazó en varias ocasiones a la víctima señalándole que si huía del lugar la iba a matar, golpeándola”.

Finalmente, días antes de 18 de octubre de 2024, Parra Pérez llevó a la joven a un dormitorio donde la violó.

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