TOP de Chillán condena a 7 años de presidio a autor de femicidio frustrado en San Carlos

18-febrero-2026
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a Nicolás Exequiel Riquelme Caro a la pena de cumplimiento efectivo de 7 años de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, en calidad de autor ejecutor del delito frustrado de femicidio. Ilícito perpetrado en noviembre de 2024, en la comuna de San Carlos.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Jorge Muñoz (presidente), Raúl Romero y María Paz González (redactora)– impuso, además, a Riquelme Caro la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio y a cualquier otro lugar al que concurra o visite habitualmente; y la prohibición de tomar contacto o comunicarse con la ofendida, por el término de 2 años contados desde el cumplimiento de la pena principal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 16 de noviembre del 2024, “(…) en la intersección de calle Luis Cruz Martínez con Ernesto Riquelme de la comuna de San Carlos, Nicolás Exequiel Riquelme Caro conducía el automóvil marca Toyota, modelo Yaris Sport, placa patente única WC-5597, y con la intención de causar la muerte a (…), con quien sostuvo una relación sentimental por aproximadamente un año, la atropelló. Como consecuencia del atropellamiento (…) resultó con lesiones clínicamente de carácter grave compatibles con golpe con y o contra objeto contundente que debieron evolucionar en sesenta a noventa días con igual tiempo de incapacidad”.

 

 

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