TOP de Villarrica condena a 12 años de presidio a autor de abuso sexual impropio

11-febrero-2026
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a R.C.C.Q. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica condenó, con costas, a R.C.C.Q. a la pena única de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual impropio, uno en carácter de reiterado. Ilícitos perpetrados entre 2009 y 2017, en las comunas de Villarrica y Melipeuco.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Alejandra Rosas Lagos (presidenta), María Cecilia Zapata Pavez y Ximena Saldivia Vega (redactora)– aplicó, además, a R.C.C.Q. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, deberá cumplir las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguiente al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad durante el tiempo de la condena; y la inhabilidad para obtener la patria potestad y privado de todos los demás derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren, respecto de la persona y bienes de las ofendidas, de sus ascendientes y descendientes; conservando, en cambio, todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de las víctimas o de sus descendientes.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que entre 2009 y 2017, periodo en el que la primera víctima tenía entre 5 y 12 años de edad, el condenado R.C.C.Q. se aprovechó en diversas ocasiones en las que se encontraba al cuidado de su hija, tanto en el domicilio familiar de Villarrica y, posteriormente, en una vivienda en Melipeuco, para llevar realizar actos de significación sexual y relevancia.

Asimismo, entre 2016 y 2017, R.C.C.Q. realizó actos de significación sexual y relevancia en contra de una segunda hija, de 6 y 7 años a dicho periodo, cuando la menor se encontraba bajo el cuidado del condenado en su domicilio en Melipeuco.

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