Ministra Marianela Cifuentes condena a 6 años de presidio a agente de la DINA por secuestro calificado

06-febrero-2026
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel Marianela Cifuentes Alarcón condenó a agente de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Enrique Alberto Pérez Rubilar. Ilícito perpetrado a contar del 23 de octubre de 1974.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel Marianela Cifuentes Alarcón condenó a agente de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Enrique Alberto Pérez Rubilar. Ilícito perpetrado a contar del 23 de octubre de 1974.

En el fallo (causa rol 1-2020), la ministra en visita condenó al otrora oficial de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko a la pena de cumplimiento efectivo de 6 de años presidio, en calidad de autor del delito.

En el ámbito civil, el tribunal condenó al fisco a pagar una indemnización de $40.000.000por concepto de daño moral, a hija de la víctima.

En la resolución, la ministra Cifuentes Alarcón dio por establecidos los siguientes hechos:

1° Que el día 23 octubre de 1974, en la ciudad de San Antonio, Enrique Alberto Pérez Rubilar, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido, sin derecho, por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, quienes, al día siguiente, lo trasladaron a dependencias de la Escuela de Ingenieros Militares de ‘Tejas Verdes’, siendo con posterioridad conducido a la Cárcel de San Antonio.

2° Que, a fines del mes de octubre de 1974, Enrique Alberto Pérez Rubilar fue trasladado desde la cárcel de San Antonio al centro de detención clandestino de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), ubicado en calle José Domingo Cañas N°1.367 de la comuna de Ñuñoa, denominado cuartel ‘Ollagüe’, sitio en que estuvo ilegalmente privado de libertad hasta mediados de noviembre del mismo año.

3° Que, en ese período, Enrique Alberto Pérez Rubilar fue interrogado y sometido a apremios ilegítimos de manera reiterada por parte de agentes de seguridad, entre ellos, Osvaldo Enrique Romo Mena, integrante de la agrupación Halcón, quienes le infligieron golpes en distintas partes del cuerpo y le aplicaron electricidad para obtener información acerca de sus actividades políticas y la identidad de otros militantes del MIR.

4° Que, en esa época, la agrupación Halcón, encargada de la desarticulación del MIR, estaba bajo el mando del capitán de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko, quien, además, estuvo presente en las sesiones de interrogatorio y tortura antes referidas.

5° Que, a mediados del mes de noviembre de 1974, Enrique Pérez Rubilar fue trasladado al campo de prisioneros ‘Cuatro Álamos’, a cargo del oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán, actualmente fallecido y, tiempo después, a la cárcel de Temuco”.

Noticia con fallo