Corte de Arica ordena al Ejército resolver recurso de reconsideración de suboficiales sancionados

26-enero-2026
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional, tras establecer que la resolución impugnada se adoptó con infracción al debido proceso y a la garantía constitucional de igualdad ante la ley.

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de protección presentado en representación de cuatro suboficiales, dejó sin efecto resolución sancionatoria y le ordenó a la Comandancia de Guarnición del Ejército proceder a tramitar y resolver la reconsideración deducida, conforme a derecho.

En fallo unánime (causa rol 643-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marco Antonio Flores Leyton, Claudia Arenas González y el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas– acogió la acción constitucional, tras establecer que la resolución impugnada se adoptó con infracción al debido proceso y a la garantía constitucional de igualdad ante la ley.

“(…) atendida la naturaleza cautelar de la presente acción, no puede soslayarse la existencia de una vulneración manifiesta al debido proceso, toda vez que, atendido el mérito de los antecedentes acompañados en autos, de ellos se desprende que la recurrente acompañó mediante correo electrónico oportunamente un recurso de reconsideración y jerárquico en una casilla institucional, y que por motivos desconocidos, no fue recibido por la recurrida, lo que implicó no poder hacer uso de todas las garantías de defensa que consagra la propia Constitución”, plantea el fallo.

Para el tribunal de alzada: “En este sentido, el acto recurrido, Resolución CGEA AS JUR (R) N°1590/57878/672, de fecha 24 de noviembre de 2025, que dejó a firme y ejecutoriada aquella anterior que impuso sanciones a los recurridos, importa el desconocer la interposición del recurso referido precedentemente, alejándose de la tramitación regular del procedimiento administrativo, como ocurre con el resto de los administrados, lo cual implica una infracción a la garantía de igualdad ante la ley”.

“Que, de esta forma, la única vía para enderezar el procedimiento administrativo es anular la resolución referida a fin de que la recurrida proceda a conocer y resolver el recurso de reconsideración que se encuentra acompañado en los presentes autos”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE el recurso de protección interpuesto en favor de don Claudio Alexis González Hormazábal, en representación de los funcionarios del Ejército de Chile Carlos Muñoz Ortega, Alejandro Díaz Hernández, Daniel Chavarría Inostroza, Marcos Robles Barrales y Víctor Díaz Madariaga, en contra de la Comandancia de Guarnición Ejército Arica, y con su mérito se deja sin efecto la Resolución CGEA AS JUR (R) N°1590/57878/672, de fecha 24 de noviembre de 2025, debiendo proceder la recurrida a conocer y resolver el recurso de reconsideración, conforme a derecho”.

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