El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –viernes 23 de enero– a W.F.P. a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de aborto con violencia. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Sergio Álvarez Cáceres (presidente), Jairo Martínez Cuadra (redactor) y Gabriel Ormeño Valdebenito– condenó, además, a W.F.P. a la pena de 200 días de reclusión efectiva y suspensión para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, como autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, cometido en noviembre de 2024.
Asimismo, el tribunal le impuso al condenado, por ambos delitos, la prohibición de acercarse a la víctima, domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro lugar al que concurra o visite habitualmente y la prohibición de comunicarse con la víctima, por el término de dos años.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a lo largo del 12 de enero de 2025. “(…) W.F.P., encontrándose al interior del inmueble ubicado en calle Panque 1783, Arica, a raíz de situaciones de celos por parte de este hacia su conviviente (…), la agredió con golpes de puño en el rostro y un golpe de puño en el estómago, la que presentaba un embarazo de seis meses, hecho este último que era evidente y se encontraba en conocimiento del imputado, luego de lo cual este se retira del lugar.
Posteriormente, en horas de la madrugada del 13 de enero de 2025 y en circunstancias en que la víctima (…) se encontraba recostada al interior del inmueble ubicado en calle Panque número 1783, de Arica, llegó hasta el lugar en estado de ebriedad su conviviente W.F.P., el que, estando en conocimiento del estado de gravidez de la víctima, comienza a increparla por motivos de celos, señalándole que el hijo que esperaba no era de él, para luego agredirla con golpes de pie y puño en diferentes partes del cuerpo, especialmente propinándole un fuerte golpe de pie en el vientre, lo que le generó un fuerte dolor abdominal y finalmente la muerte del feto que la víctima llevaba en su vientre interrumpiendo de esta forma el embarazo en cuestión”.
A consecuencia de la agresión, “(…) en horas de la mañana del 13 de enero de 2025, la víctima fue trasladada hasta el Hospital Regional debido a que comenzó a no sentir los latidos ni movimientos de su hijo. En esta oportunidad la víctima es atendida por la matrona de turno, quien de acuerdo a los antecedentes preliminares que levanta y a través específicamente de una ecografía, levanta el dato de atención de urgencia en donde la hipótesis final se refiere que la gestación de 29 semanas había sido perdida, por lo que se establece la muerte fetal, finalmente la víctima expulsa el feto desde su cuerpo en el hospital local”.
El segundo hecho acreditado se registró el 23 de noviembre de 2024, jornada en la cual W.F.P., se encontraba “(…) al interior del inmueble ubicado en calle Panque 1783, Arica, mantuvo una discusión con su conviviente (…), quien a esa fecha se encontraba embarazada, luego de lo cual procedió a golpearla, propinándole golpes de puño en el cuerpo, en especial de puño en el vientre, además de empujarla, con lo cual la víctima cae al suelo, doblándose la mano, causándole lesiones consistentes en aumento de volumen desde la muñeca a codo izquierdo, equimosis en dorso, dificultad para movilizar falanges y flexo-extensión de muñeca limitada por dolor, de carácter menos graves”.