La Corte de Valdivia rechazó el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y confirmó las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional decretados contra Pablo Marcelo San Martín Chuñil y Jeannette del Carmen Troncoso Chuñil, imputados como autores del delito consumado de parricidio y robo con violencia frustrado. Ilícitos perpetrados en noviembre de 2024, en la comuna de Máfil, Región de Los Ríos.
En fallo unánime (causa rol 46-2026), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcela Araya Novoa, Juan Ignacio Correa Rosado y Karina Ormeño Soto– compartió que las medidas cautelares decretadas por el Juzgado de Garantía de Los Lagos resultaban suficientes para resguardar los fines del procedimiento.
“Que la imputación del Ministerio Público dice relación con lo establecido en el artículo 15 N°1 segunda parte del Código Penal y, en este sentido, la resolución impugnada no dio por establecida la circunstancia de participación en los términos imputados y claramente señala que no está establecido un dolo común y que la apelación se circunscribe a la concurrencia o no de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, en tal sentido, los riesgos procesales invocados por la Fiscalía de peligro para la seguridad de la sociedad, peligro de fuga y peligro para la investigación; en cuanto al peligro para la investigación, aparece bastante más débil o inexistente toda vez que uno de los imputados tiene domicilio en Temuco por lo que se difumina tal posibilidad, y que la otra persona imputada fijará domicilio en una comuna distinta; que en relación a la imputada se incorporan elementos de género, la convención de Bangkok, la que refiere que la prisión preventiva debe ser de última razzio cuando se puedan imponer otras medidas cautelares, en el caso se trata de una mujer que tiene labores de cuidado con 2 hijos pequeños; en cuanto al riesgo procesal de peligro para la seguridad de la sociedad, no se observa que los imputados tengan profusos antecedentes penales ni contaminación criminógena que haga vislumbrar peligro de reiteración y, finalmente, respecto del peligro de fuga, este riesgo procesal se conjuga adecuadamente con las medidas cautelares que se han decretado de arraigo nacional y arresto domiciliario total en los domicilios aportados por la defensa con esta fecha (…), razones por las cuales se CONFIRMA la resolución apelada de quince de enero de dos mil veintiséis”, consiga el fallo.
Según el ente persecutor, alrededor de las 23:00 horas del viernes 8 de noviembre de 2024, el imputado Javier Omar Troncoso Chuñil llegó ofuscado y en estado de ebriedad a la casa que compartía con la víctima, su madre Julia del Carmen Chuñil Catricura de 73 años, ubicada en la comuna de Máfil, lugar donde, además, vivían los hijos de Chuñil Catricura Jeannette del Carmen Troncoso Chuñil, Pablo Marcelo San Martín Chuñil y su exyerno B.F.B.B. También se encontraba en el inmueble una amiga de la víctima y un adulto mayor de 90 años, quien residía en una dependencia contigua a la casa principal.
En dicho contexto, Javier Troncoso Chuñil, mientras que el resto del grupo familiar se encontraba reunido en el living comedor, se abalanzó sobre el adulto mayor, a quien le exigió la entrega de una suma cercana a $212.000, correspondiente a la pensión del anciano. Ante la negativa, Javier Troncoso Chuñil agredió a esta víctima con golpes de puño en el rostro y la amenazó de muerte, le colocó un cuchillo en el cuello y le dijo “y si te mato”. En ese momento, intervino la dueña de casa, Julia Chuñil Catricura, quien comenzó a forcejear con su hijo, quien también la amenazó con quitarle la vida. Chuñil Catricura logró quitarle el cuchillo al imputado, arma que lanzó al exterior de la casa.
Tras ver frustrada la apropiación del dinero, Javier Troncoso Chuñil procedió a golpear a su madre al interior de la vivienda para, luego, continuar la golpiza en el exterior del inmueble y, contra la pared de una bodega contigua, finalmente la estranguló apretándole el cuello con ambas manos. Hechos que fueron presenciado por los coimputados, sin que ninguno de ellos interviniera en socorro de las víctimas.
Más tarde, Javier Troncoso Chuñil y su hermano Pablo San Martín Chuñil, trasladaron y ocultaron el cuerpo de su madre en un lugar aún sin ubicar. Junto con el ocultamiento del cuerpo, quema de vestimentas, guardar silencio y mentir a las autoridades, los imputados acordaron que la imputada Jeanette del Carmen Troncoso Chuñil concurriera hasta Carabineros para estampar una denuncia por presunta desgracia, diligencia que concretó el domingo 10 de noviembre de 2024, con la finalidad de desviar la investigación y asegurar la impunidad de todos los involucrados.
Semanas después de la denuncia falsa, según fiscalía, los hijos de Julia Chuñil Catricura comenzaron a comportarse como herederos, se apropiaron y aprovecharon su patrimonio; vendieron sus animales (ganado vacuno) y carreta de bueyes y se repartieron el dinero obtenido entre ellos. Incluso Javier Omar Troncoso Chuñil, el 8 de diciembre de 2024, realizó una cotización para adquirir una sepultura familiar en el cementerio Parque los Laureles de Valdivia.