El Juzgado de Garantía de Talcahuano dejó hoy –martes 6 de enero– sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a Agustín Pablo Saavedra Opazo y Luciano Haroldo Gutiérrez Romero, imputados por el Ministerio Público como coautores del delito consumado de homicidio calificado (alevosía y premeditación). Ilícito perpetrado en celebración de Año Nuevo.
En la audiencia de formalización (causa rol 44-2026), la magistrada Andrea Rodríguez Ferrada ordenó el ingreso en prisión de Saavedra Opazo y Gutiérrez Romero por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la indagación. Además, fijó en cuatro meses el plazo de investigación.
Según el ente persecutor, alrededor de las 03:30 horas de la madrugada del 1 de enero de 2025, en una fiesta de Año Nuevo realizada en el local Espacio Marina, en la comuna de Talcahuano, Saavedra Opazo y Gutiérrez Romero, junto a un grupo de sujetos no identificados, se acercaron a la víctima, Cristóbal Miranda Olivares, y lo increparon por un altercado que mantuvieron dos semanas antes en un local nocturno de Concepción. Asimismo, a través de publicaciones en la aplicación Instagram, los imputados habían anunciado que iban a agredir a Miranda Olivares cuando lo encontraran.
En la fiesta de marras, los agresores conminaron a la víctima a arrodillarse y pedirles perdón y, tras negarse, Saavedra Opazo lo golpeó en la cara, por lo que cayó al suelo, lugar donde el grupo, incluidos los imputados, comenzaron a darle golpes de pies y puños. La víctima fue socorrida por un hermano y amigos, quienes lo trasladaron hasta un centro asistencial, al cual ingresó con un traumatismo cráneo encefálico de carácter grave que le provocó la muerte dos días después.