Poder Judicial y Ministerio Público firman convenio para facilitar el acceso a red institucional en salas de audiencia de los tribunales penales del país

02-enero-2026
Este convenio busca contribuir a mejorar el acceso a la tecnología para los fiscales y fiscalas del Ministerio Público durante su labor en tribunales, con altos estándares de seguridad.

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, y el Fiscal Nacional, Ángel Valencia, firmaron un convenio de colaboración entre ambas instituciones para poner a disposición de los integrantes del Ministerio Público un punto de red o acceso a la red inalámbrica del Poder Judicial en las salas de audiencia de los tribunales con competencia penal del país.

 Las autoridades estuvieron acompañadas por la directora interina de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), Andreina Olmo, y la directora ejecutiva del Ministerio Público, Mónica Naranjo.

El convenio deja constancia que el acceso a un punto de red no implica una conexión con las plataformas digitales de tramitación de causas del Poder Judicial, sino únicamente la facilitación de acceso a internet.

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, destacó la firma de este convenio -una de sus últimas actividades como timonel del Máximo Tribunal- como una forma de facilitar la labor que realizan los fiscales y fiscalas del Ministerio Público en el permanente interés del Poder Judicial de mejorar la justicia.

El fiscal nacional, Ángel Valencia, agradeció las gestiones realizadas por el Poder Judicial que permitieron suscribir este convenio, que tendrá positivos impactos en el trabajo que realizan los fiscales y fiscalas en los tribunales penales del país.

El documento establece que la Corporación Administrativa del Poder Judicial brindará todas las facilidades necesarias para que el Ministerio Público pueda acceder, con exclusividad desde sus equipos portátiles institucionales, a un punto de red, a través de cable o acceso a la red inalámbrica en todas las salas de audiencia de los tribunales con competencia en materia penal del país.

El Ministerio Público se compromete a que los equipos portátiles institucionales que sean conectados a la red del Poder Judicial cuenten con un sistema de seguridad antimalware y antivirus actualizado, el cual debe permitir su monitoreo.

Asimismo, debe mantener sus equipos con la Suite Ofimática y Sistemas Operativos con los licenciamientos y parches de seguridad actualizados.

Los equipos del Ministerio Público autorizados por la Corporación Administrativa del Poder Judicial para conectarse a su red interna tendrán accesos a internet para permitir la conexión hacia la VPN propia del Ministerio Público.

Cuando las plataformas tecnológicas y de seguridad de la información de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y del Ministerio Público Io permitan, se evaluará la implementación del acceso de los sistemas propios del Ministerio Público, a través del enlace dedicado o enlace directo que se mantiene entre ambas instituciones. En los casos que corresponda, el Ministerio Público deberá ajustarse a las configuraciones de acceso del Poder Judicial, tales como; Proxy, DNS, entre otras.

 

Condiciones del convenio:

 

  • Solo podrán conectarse a la red del Poder Judicial equipos portátiles institucionales del Ministerio Público, quedando prohibida la conexión de equipos personales o de terceros.

 

  • El Ministerio Público deberá informar a la Corporación Administrativa del Poder Judicial, de manera bimestral, el listado de los equipos que se conectarán a la red del Poder Judicial, identificando la dirección física de la tarjeta de red (MAC address) de cada uno de ellos.

 

  • Los equipos portátiles institucionales deberán conectarse a la red del Poder Judicial únicamente mientras la audiencia se esté desarrollando. Finalizada ésta, dichos equipos deberán ser retirados por el funcionario del Ministerio Público.

 

  • La Corporación Administrativa del Poder Judicial podrá suspender de inmediato el acceso a la red del Poder Judicial de los equipos del Ministerio Público, en caso de incidentes de ciberseguridad o detección de anomalías en dichos equipos.

 

  • La Corporación Administrativa del Poder Judicial no garantizará la disponibilidad de la conexión durante las 24 horas del día, tampoco se hará responsable por pérdida del acceso derivados de caso fortuito, fuerza mayor, mantenciones de la aplicación o problemas propios del equipamiento externo a la red del Poder Judicial.

 

  • La Corporación Administrativa del Poder Judicial no garantizará el acceso a la red eléctrica, debiendo el Ministerio Público tomar las providencias necesarias para garantizar la operatividad de sus equipos.

 

  • Las partes se obligan a cumplir con la normativa vigente en materia de ciberseguridad y protección de datos personales, en particular con lo dispuesto en la Ley Marco de Ciberseguridad N°21.663 y en la legislación sobre Protección de Datos Personales contenida en la Ley N°19.628 actualmente vigente.

 

  • En caso de incidentes de seguridad que afecten la información compartida o la infraestructura tecnológica, las partes deberán notificarse mutuamente en el menor tiempo posible y adoptar las medidas de mitigación correspondientes, conforme a sus procedimientos internos y a la normativa aplicable.
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