El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó hoy –viernes 26 de diciembre– a M.P.L.I. a la pena única de 12 años y seis meses de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de violación, en contexto de violencia intrafamiliar (VIF). Ilícito perpetrado con posterioridad al 19 de mayo de 2020 y hasta octubre de 2021, en la comuna de Mulchén.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Ingrid Quezada Valdebenito (presidenta), Gino Viale Acosta y Marisol Panes Viveros (redactora)– impuso, además, a M.P.L.I. las penas accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad; y la privación de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y, además, de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida y sus ascendientes y descendientes; conservando, en cambio, todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de la víctima o de sus descendientes.
Finalmente, se impone al condenado la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que a concurra o visite habitualmente, por el término de dos años.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que después del 19 mayo de 2020 y hasta octubre de 2021, en un domicilio ubicado en la comuna de Mulchén, M.P.L.I. violó reiteradamente a su hijastra, quien resultó embarazada.
“(…) lo que fue ratificado con una prueba científica consistente en el informe de ADN incorporado de conformidad al artículo 315 del Código Procesal Penal, de fecha 11 de diciembre de 2023, suscrito por Yasna Villarroel Rodríguez bioquímica y perito supervisor, y Pía Zepeda Novoa, bioquímica legista, perito ejecutor, ambas profesionales, del Servicio Médico Legal, en el que se indica que ‘de acuerdo a los perfiles genéticos obtenidos desde las muestras del presunto padre, hija y madre, se puede establecer una probabilidad del 99,999999996%, y el valor de dicho resultado corresponde a paternidad biológica acreditada”, consigna el fallo.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.