Corte Suprema declaró inadmisible unificación de jurisprudencia por despido improcedente de trabajador de multitienda

18-diciembre-2025
En la sentencia (rol 44.884-2025), la Cuarta Sala del máximo tribunal -integrada por las ministras Andrea Muñoz, Jessica González, Mireya López, el abogado (i) Carlos Urquieta y la abogada (i) Irene Rojas- consideró que el recurso no puede prosperar al ser mal construido.

La Corte Suprema declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia en contra de la sentencia que acogió una demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones de un trabajador de una multitienda.

En la sentencia (rol 44.884-2025), la Cuarta Sala del máximo tribunal -integrada por las ministras Andrea Muñoz, Jessica González, Mireya López, el abogado (i) Carlos Urquieta y la abogada (i) Irene Rojas- consideró que el recurso no puede prosperar al ser mal construido.

 Que, de la sola lectura del libelo entablado, se desprende que el pretendido tema de derecho cuya línea jurisprudencial se procura unificar no constituye un asunto jurídico habilitante de este recurso, sino que resulta ser un cuestionamiento a los motivos esgrimidos para rechazar la causal del artículo 478 b) del Código del Trabajo; por lo que, en consecuencia, debe ser desestimado en este estadio procesal”, dice el fallo.

Agrega: “Que, la sentencia de nulidad al rechazar la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, advirtió que “(…) debe decirse que la parte recurrente no desarrolló esta causal, por lo que la corte se encuentra impedida pronunciarse al respecto.” De esta forma, no ha podido constatarse un pronunciamiento sustancial que se relacione con la materia de derecho propuesta, por lo que el arbitrio intentado debe ser desestimado en esta etapa procesal”.