El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó a Víctor Manuel Vásquez Albornoz a la pena de cumplimiento efectivo de 17 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo con violencia calificado. Ilícito perpetrado en septiembre de 2023, en la comuna de Laja.
En fallo unánime (causa rol 18-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Marcos Pincheira Barrios (presidente), Kary Videla Beltrán y Anamaría Sauterel Jouannet (redactora)– aplicó, además, a Vásquez Albornoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 02:55 horas del 23 de septiembre de 2023, “(…) las víctimas L.A.R.O., F.D.P.C.M. y A.A.N.A.C. se encontraban pernoctando en su domicilio ubicado en la comuna de Laja, ingresan a este lugar el acusado Víctor Manuel Vásquez Albornoz y un sujeto no identificado, quebrando un vidrio de una ventana que guarnece el domicilio, recorren sus dependencias, agreden a la víctima L.A.R.O. con golpes de pies y puños además de amenazarlo reiteradamente a viva voz señalando ‘hay que matarlos a todos’. Asimismo, amenazan a la víctima de iniciales F.D.P.C.M. con un arma aparentemente de fuego, diciéndole ‘te voy a matar vieja conche tu madre’, agrediéndola y arrebatándole las joyas que mantenía en su cuello y sustrajeron de un joyero de madera, diversas joyas que mantenía en su dormitorio, para luego huir del lugar con las especies en su poder, consumando así la apropiación. La víctima de iniciales L.A.R.O. resultó ‘con diversas lesiones de carácter leve’ entre la barba mandibular izquierda y lóbulo auricular izquierdo, herida de 1,5 centímetros de longitud, una lesión cortante en el cuero cabelludo de menos de un centímetro, otra en el antebrazo izquierdo con dolor a la palpación, pantorrilla izquierda con dolor a la palpación, según lo informado por servicio de urgencias local. En tanto, la víctima de iniciales F.D.P.C.M. resultó con zona dorsal con dolor a la palpación, zona de mano izquierda con aumento de volumen en segunda articulación metacarpo falángica con impotencia funcional, debido a una fractura de sus huesos, que le produjo incapacidad por un tiempo de 90 a 95 días.
El domicilio en el cual se encontraban las víctimas es de propiedad de la víctima de iniciales L.A.R.O. y su grupo familiar, el cual resultó con daños y las joyas sustraídas eran de propiedad de la víctima de iniciales F.D.P.C.M. y fueron avaluadas en la suma aproximada de $1.000.000”.
Para el tribunal, en la especie: “(…) se configura el ilícito de robo con violencia calificado, en los términos descritos y sancionados en el artículo 433 Nº3 del Código Penal por tratarse de un delito de robo en el que una de las víctimas (…), resultó con lesiones graves del artículo 397 Nº2 del cuerpo legal citado, por haber producido incapacidad laboral por más de 30 días, conforme expuso de manera clara el perito médico legista, quien demostró su experiencia y conocimiento de su ciencia, entregando detalles precisos que permitieron al tribunal lograr la convicción sobre la naturaleza de las lesiones”.