La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo impetrado en contra de la sentencia que desestimó el reclamo presentado contra el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua que denegó la inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas en la comuna de San Francisco Mostazal.
En fallo unánime (causa rol 42.837-2025), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Mireya López y las abogadas (i) Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop– desestimó la procedencia del recurso por manifiesta falta de fundamento.
“Que, de acuerdo a los hechos establecidos de manera inamovible en el fallo impugnado, esto es, que las inscripciones y anotaciones que se pretenden que se efectúen por el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua no tienen correlato con los títulos anteriores, debe concluirse que la decisión es producto de una correcta aplicación de las normas sustantivas que regulan la materia de que se trata, pues se rechazó el reclamo por un motivo objetivo, previsto en el artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, por lo que no cabe concluir su contravención”, sostiene el fallo.
“Que, en consecuencia, apareciendo que la sentencia recurrida da cuenta de un correcto ejercicio de subsunción de los hechos a las normas que regulan la materia, el arbitrio debe ser desestimado en esta etapa de tramitación, por adolecer de manifiesta falta de fundamento”, añade.
“Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 764, 767 y 772 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia de diez de septiembre de dos mil veinticinco”, concluye.