Jueces y funcionaria de la jurisdicción Concepción participan en V Jornadas de Derecho Concursal en Temuco

09-diciembre-2025
Los primeros en participar fueron Gutiérrez y Cid, quienes estuvieron en la primera mesa sobre procedimiento concursal y liquidación. Abordaron el tema “El procedimiento de liquidación de bienes y deudores inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos”.

Los magistrados Cristian Gutiérrez, del 2° Juzgado Civil de Talcahuano; Adolfo Depolo, del 2° Juzgado Civil de Concepción y la funcionaria Carolina Cid, administrativa de actas de procedimientos concursales de la Unidad de Apoyo a los Juzgados Civiles de la Corte de Apelaciones, expusieron en las V Jornadas de Derecho Concursal, actividad realizada en el aula magna de la Universidad Católica de Temuco.

Los primeros en participar fueron Gutiérrez y Cid, quienes estuvieron en la primera mesa sobre procedimiento concursal y liquidación. Abordaron el tema “El procedimiento de liquidación de bienes y deudores inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos”. Al respecto, Carolina Cid mencionó que “los dos temas se cruzan, así que pudimos ver la preferencia que da la ley para que estos créditos se paguen primero. También pudimos ver que la deuda de alimentos que no es pagada subsiste aún después de la quiebra, que es una particularidad de esta deuda frente a las otras, que se extinguen con el procedimiento concursal”.

Agregó que “fue una participación particular, porque fue uno de los pocos temas que tocó el derecho de alimentos. Fue una experiencia súper linda poder compartir con profesores de distintas áreas a nivel país. Es la primera vez que me toca exponer y que hayan incorporado ponencias de una funcionaria del área, como yo, fue una experiencia muy gratificante”.

El magistrado Depolo, quien participó por segunda vez en esta actividad, estuvo en la Tercera Mesa sobre aspectos procesales y sancionatorios de la liquidación concursal, con la ponencia “Incidente de mala fe concursal. Análisis desde tres casos prácticos”. El juez detalló que se centró en esta nueva herramienta en el Derecho Procesal, vinculada al deber de colaboración e información en los concursos (quiebra).

“Dice relación cuando el insolvente entrega una información que es incompleta. En uno de los casos analizados omitió la información del dominio de un vehículo de una suma muy superior a los bienes que fueron incautados, entonces eso, omitir información en perjuicio de los acreedores y de los principios propios del concurso, el legislador hoy lo sanciona con la limitación en la descarga de deudas. Entonces, ese día se conversó sobre los criterios para la descarga de las deudas y los casos específicos que entrega el artículo 169 a) de la Ley 20.720”, explicó.

Sumó que “fue una muy buena oportunidad de compartir con los docentes y académicos especializados en la materia a nivel nacional y además, tener la visión desde el Poder Judicial en los conflictos que tienen que ver con el derecho concursal. Esto viene a fortalecer los conocimientos y la experiencia para que posteriormente podamos aplicarlo a los casos que nos corresponde resolver”.

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